La decisión de primera instancia se dio a raíz de una demanda presentada en enero de este año por el abogado Luis Fernando Padilla.
El Tribunal Administrativo del Cesar declaró nula la credencial de Cristian José Moreno como concejal de Valledupar por incurrir en doble militancia. La decisión de primera instancia se dio a raíz de una demanda presentada en enero de este año por el abogado Luis Fernando Padilla.
Frente a esta decisión, la defensa del concejal, en cabeza del abogado Jhon Carpio, señaló que el fallo de primera instancia no se encuentra ejecutoriado. “Respetamos, como debe ser, las decisiones de las autoridades judiciales, sin embargo, en nuestro criterio, tal determinación incurrió en una indebida valoración de las pruebas practicadas en el proceso, ya que las mismas no tenían la potencialidad de demostrar algún apoyo de Moreno Villamizar hacia la entonces candidata a la Gobernación del Cesar, Claudia Margarita Zuleta”, sostuvo a través de un comunicado.
Recomendado: Tribunal anuló elección de Cristian José Moreno como concejal de Valledupar
El abogado agregó que harán uso del recurso de apelación contra el fallo para que sea el Consejo de Estado quien resuelva de manera definitiva, la legalidad de la declaratoria de elección del concejal Christian José.
Según el Tribunal Administrativo del Cesar, el evento político realizado durante la campaña entre Cristian José Moreno, excandidato a la Alcaldía de Valledupar por el partido En Marcha, y Claudia Margarita Zuleta, excandidata a la Gobernación del Cesar por el Centro Democrático, significó una muestra de apoyo político.
Recomendado: Cinco meses desde el accidente de Cristian José: así avanza su recuperación
Dicho evento fue organizado por amigos de ambas candidaturas y calificaron la unión como el equipo ‘C2’. La Sala señaló que como candidato del partido En Marcha, Moreno Villamizar “debía abstenerse de apoyar a un candidato de un partido político distinto al que decidió apoyar la colectividad a la que pertenecía, conforme a lo establecido en la ley y en la Resolución No. 686 del 28 de julio de 2023”.
La decisión de primera instancia se dio a raíz de una demanda presentada en enero de este año por el abogado Luis Fernando Padilla.
El Tribunal Administrativo del Cesar declaró nula la credencial de Cristian José Moreno como concejal de Valledupar por incurrir en doble militancia. La decisión de primera instancia se dio a raíz de una demanda presentada en enero de este año por el abogado Luis Fernando Padilla.
Frente a esta decisión, la defensa del concejal, en cabeza del abogado Jhon Carpio, señaló que el fallo de primera instancia no se encuentra ejecutoriado. “Respetamos, como debe ser, las decisiones de las autoridades judiciales, sin embargo, en nuestro criterio, tal determinación incurrió en una indebida valoración de las pruebas practicadas en el proceso, ya que las mismas no tenían la potencialidad de demostrar algún apoyo de Moreno Villamizar hacia la entonces candidata a la Gobernación del Cesar, Claudia Margarita Zuleta”, sostuvo a través de un comunicado.
Recomendado: Tribunal anuló elección de Cristian José Moreno como concejal de Valledupar
El abogado agregó que harán uso del recurso de apelación contra el fallo para que sea el Consejo de Estado quien resuelva de manera definitiva, la legalidad de la declaratoria de elección del concejal Christian José.
Según el Tribunal Administrativo del Cesar, el evento político realizado durante la campaña entre Cristian José Moreno, excandidato a la Alcaldía de Valledupar por el partido En Marcha, y Claudia Margarita Zuleta, excandidata a la Gobernación del Cesar por el Centro Democrático, significó una muestra de apoyo político.
Recomendado: Cinco meses desde el accidente de Cristian José: así avanza su recuperación
Dicho evento fue organizado por amigos de ambas candidaturas y calificaron la unión como el equipo ‘C2’. La Sala señaló que como candidato del partido En Marcha, Moreno Villamizar “debía abstenerse de apoyar a un candidato de un partido político distinto al que decidió apoyar la colectividad a la que pertenecía, conforme a lo establecido en la ley y en la Resolución No. 686 del 28 de julio de 2023”.