Esta vez es por prevaricato por acción en el nombramiento del gerente del Hospital Tamalameque.
El Juzgado Segundo Penal Municipal con funciones de control de garantías formuló imputación de cargos por el delito de prevaricato por acción al alcalde de Tamalameque, Luis Hernando Lascarro, por la elección del gerente del ESE Hospital Tamalameque en el año 2020.
Según la Seccional 12 de la Fiscalía, Lascarro Tafur habría influenciado en la elección del médico Yuri Miguel Castro Zambrano como gerente del E.S.E. Hospital Tamalameque, contrariando los resultados obtenidos en el concurso de méritos y la prueba psicotécnica, que no habría superado.
En ejercicio de sus funciones, el alcalde de Tamalameque nombró a Castro Zambrano como gerente del Hospital, aunque en el concurso de méritos se concluyó que no tenía las cualidades necesarias para el cargo, y que tampoco habría superado la evaluación psicotécnica realizada por el equipo designado para esa tarea.
Por lo pronto, se espera que la Fiscalía presente un escrito de acusación para llevar a cabo la etapa de juicio oral y obtener una sentencia condenatoria.
El prevaricato por acción o prevaricación es un delito que se refiere a la acción de un juez, autoridad o servidor público, que dicta una resolución injusta a sabiendas de que va en contra de la ley.
Por este motivo, el código penal colombiano contempla que el servidor público que profiera resolución, dictamen o concepto manifiestamente contrario a la ley incurrirá en prisión de 48 a 144 meses.
En abril del presente año, EL PILÓN informó, gracias a algunos documentos jurídicos, que el alcalde del municipio de Tamalameque, Cesar, Luis Hernando Lascarro Tafur, tenía el sueldo embargado por varios procesos de menor cuantía en su contra.
En uno de los casos, el demandante, Darío Alonso Caselles, exigía $125 millones por concepto de capital de un pagaré, con fecha del 25 de julio de 2022 con vencimiento en noviembre de ese mismo año.
Debido a que tal pago no se realizó fue embargado el sueldo del mandatario y se ordenó al tesorero municipal realizar las retenciones necesarias para tales efectos hasta un tope de $188 millones.
EL PILÓN conoció otra demanda admitida por el mismo Juzgado, interpuesta por Materiales Álvarez Construcciones S.A.S, en un proceso de menor cuantía en contra de Lascarro Tafur por la suma de $19,5 millones; y un par de demandas presentadas ante el Juzgado Promiscuo Municipal de Tamalameque por valores de $8 y $9 millones respectivamente.
En aquella ocasión, el alcalde indicó que en algunos de los casos las cuentas han sido saldadas, pero siguen apareciendo en los juzgados, por tanto, se pondría al frente para obtener el paz y salvo.
Por Redacción Judicial EL PILÓN
Esta vez es por prevaricato por acción en el nombramiento del gerente del Hospital Tamalameque.
El Juzgado Segundo Penal Municipal con funciones de control de garantías formuló imputación de cargos por el delito de prevaricato por acción al alcalde de Tamalameque, Luis Hernando Lascarro, por la elección del gerente del ESE Hospital Tamalameque en el año 2020.
Según la Seccional 12 de la Fiscalía, Lascarro Tafur habría influenciado en la elección del médico Yuri Miguel Castro Zambrano como gerente del E.S.E. Hospital Tamalameque, contrariando los resultados obtenidos en el concurso de méritos y la prueba psicotécnica, que no habría superado.
En ejercicio de sus funciones, el alcalde de Tamalameque nombró a Castro Zambrano como gerente del Hospital, aunque en el concurso de méritos se concluyó que no tenía las cualidades necesarias para el cargo, y que tampoco habría superado la evaluación psicotécnica realizada por el equipo designado para esa tarea.
Por lo pronto, se espera que la Fiscalía presente un escrito de acusación para llevar a cabo la etapa de juicio oral y obtener una sentencia condenatoria.
El prevaricato por acción o prevaricación es un delito que se refiere a la acción de un juez, autoridad o servidor público, que dicta una resolución injusta a sabiendas de que va en contra de la ley.
Por este motivo, el código penal colombiano contempla que el servidor público que profiera resolución, dictamen o concepto manifiestamente contrario a la ley incurrirá en prisión de 48 a 144 meses.
En abril del presente año, EL PILÓN informó, gracias a algunos documentos jurídicos, que el alcalde del municipio de Tamalameque, Cesar, Luis Hernando Lascarro Tafur, tenía el sueldo embargado por varios procesos de menor cuantía en su contra.
En uno de los casos, el demandante, Darío Alonso Caselles, exigía $125 millones por concepto de capital de un pagaré, con fecha del 25 de julio de 2022 con vencimiento en noviembre de ese mismo año.
Debido a que tal pago no se realizó fue embargado el sueldo del mandatario y se ordenó al tesorero municipal realizar las retenciones necesarias para tales efectos hasta un tope de $188 millones.
EL PILÓN conoció otra demanda admitida por el mismo Juzgado, interpuesta por Materiales Álvarez Construcciones S.A.S, en un proceso de menor cuantía en contra de Lascarro Tafur por la suma de $19,5 millones; y un par de demandas presentadas ante el Juzgado Promiscuo Municipal de Tamalameque por valores de $8 y $9 millones respectivamente.
En aquella ocasión, el alcalde indicó que en algunos de los casos las cuentas han sido saldadas, pero siguen apareciendo en los juzgados, por tanto, se pondría al frente para obtener el paz y salvo.
Por Redacción Judicial EL PILÓN