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Columnista - 2 agosto, 2018

Donación de órganos vitales trasplantables

En muchos enfermos, el trasplante de órganos es el único tratamiento curativo. En el mundo el número de pacientes en lista de espera para trasplante de órganos y tejidos cada día aumenta, lo que amplía la brecha entre la demanda de trasplantables con mala calidad de vida y el total de donantes. El trasplante es […]

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En muchos enfermos, el trasplante de órganos es el único tratamiento curativo. En el mundo el número de pacientes en lista de espera para trasplante de órganos y tejidos cada día aumenta, lo que amplía la brecha entre la demanda de trasplantables con mala calidad de vida y el total de donantes.

El trasplante es la sustitución de un órgano enfermo por otro sano histológicamente compatible, lo cual se comprueba a través de exámenes realizados, tanto al receptor como al donante del órgano, y para ser trasplantado la histocompatibilidad debe ser mayor del 50%; es decir, con  porcentajes de histocompatibilidad superiores, el riesgo de rechazos de los órganos disminuye.

Los trasplantes de órganos vitales como el corazón, hígado, pulmones, páncreas, intestino y riñón, requieren de tratamientos médicos quirúrgicos muy complejos  de altos costos y largos seguimientos por especialistas en instituciones prestadoras de salud de altísimo nivel.

Sin donaciones, no hay trasplantes, esto significa que se necesita la solidaridad de otras personas, que pueden ser familiares o cualquiera que tenga sensibilidad humanitaria y sean histológicamente compatibles. La donación voluntaria de órganos y tejidos humanos siempre ha sido escasa, situación que ha llevado al tráfico clandestino de órganos. Como ejemplo de esto tenemos el trasplante de hígado realizado al futbolista, Éric Abidal, que sufría de cáncer hepático siendo jugador del prestigioso FC Barcelona, a cuyo Presidente de entonces, las autoridades españolas le hicieron investigaciones por la posible compra del hígado en el mercado negro. A veces se escuchan las horribles noticias sobre el hallazgo de cadáveres sin órganos vitales y suponen que son extraídos para trasplantes de gente rica.

En todos los países hay leyes que reglamentan las donaciones de órganos y tejidos humanos. En nuestro país, el Congreso expidió la Ley 1805 de 2016, por medio de la cual se amplía la disponibilidad legal de órganos. Con esta ley se busca atender la demanda de órganos de miles de colombianos que  están en lista de espera y reclaman una mejor calidad de vida, que es viable, ya que todo colombiano que fallezca se convierte en donante de órganos, excepto si manifiesta su negativa en vida mediante documento escrito, autenticado en Notaría Pública y radicado ante el Instituto Nacional de Salud o en la Empresa Promotora de Salud donde está afiliado el potencial donante, sólo así, ningún familiar ni otros terceros podrán oponerse a que se le extraigan los órganos y tejidos a los fallecidos aptos. Además, esta ley exige a las clínicas y hospitales con unidades de cuidados intensivos, disponer de la capacidad técnica para detectar oportunamente a los potenciales donantes.

En Colombia, el trauma craneoencefálico es una de las principales causas de muerte, debido a los accidentes de tránsito, sobre todo de motocicletas manejadas por jóvenes desenfrenados. Todavía no se ha medido el impacto de la ley 1805 en el aumento de los trasplantes de órganos vitales.

Por José Romero Churio

Columnista
2 agosto, 2018

Donación de órganos vitales trasplantables

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
José Romero Churio

En muchos enfermos, el trasplante de órganos es el único tratamiento curativo. En el mundo el número de pacientes en lista de espera para trasplante de órganos y tejidos cada día aumenta, lo que amplía la brecha entre la demanda de trasplantables con mala calidad de vida y el total de donantes. El trasplante es […]


En muchos enfermos, el trasplante de órganos es el único tratamiento curativo. En el mundo el número de pacientes en lista de espera para trasplante de órganos y tejidos cada día aumenta, lo que amplía la brecha entre la demanda de trasplantables con mala calidad de vida y el total de donantes.

El trasplante es la sustitución de un órgano enfermo por otro sano histológicamente compatible, lo cual se comprueba a través de exámenes realizados, tanto al receptor como al donante del órgano, y para ser trasplantado la histocompatibilidad debe ser mayor del 50%; es decir, con  porcentajes de histocompatibilidad superiores, el riesgo de rechazos de los órganos disminuye.

Los trasplantes de órganos vitales como el corazón, hígado, pulmones, páncreas, intestino y riñón, requieren de tratamientos médicos quirúrgicos muy complejos  de altos costos y largos seguimientos por especialistas en instituciones prestadoras de salud de altísimo nivel.

Sin donaciones, no hay trasplantes, esto significa que se necesita la solidaridad de otras personas, que pueden ser familiares o cualquiera que tenga sensibilidad humanitaria y sean histológicamente compatibles. La donación voluntaria de órganos y tejidos humanos siempre ha sido escasa, situación que ha llevado al tráfico clandestino de órganos. Como ejemplo de esto tenemos el trasplante de hígado realizado al futbolista, Éric Abidal, que sufría de cáncer hepático siendo jugador del prestigioso FC Barcelona, a cuyo Presidente de entonces, las autoridades españolas le hicieron investigaciones por la posible compra del hígado en el mercado negro. A veces se escuchan las horribles noticias sobre el hallazgo de cadáveres sin órganos vitales y suponen que son extraídos para trasplantes de gente rica.

En todos los países hay leyes que reglamentan las donaciones de órganos y tejidos humanos. En nuestro país, el Congreso expidió la Ley 1805 de 2016, por medio de la cual se amplía la disponibilidad legal de órganos. Con esta ley se busca atender la demanda de órganos de miles de colombianos que  están en lista de espera y reclaman una mejor calidad de vida, que es viable, ya que todo colombiano que fallezca se convierte en donante de órganos, excepto si manifiesta su negativa en vida mediante documento escrito, autenticado en Notaría Pública y radicado ante el Instituto Nacional de Salud o en la Empresa Promotora de Salud donde está afiliado el potencial donante, sólo así, ningún familiar ni otros terceros podrán oponerse a que se le extraigan los órganos y tejidos a los fallecidos aptos. Además, esta ley exige a las clínicas y hospitales con unidades de cuidados intensivos, disponer de la capacidad técnica para detectar oportunamente a los potenciales donantes.

En Colombia, el trauma craneoencefálico es una de las principales causas de muerte, debido a los accidentes de tránsito, sobre todo de motocicletas manejadas por jóvenes desenfrenados. Todavía no se ha medido el impacto de la ley 1805 en el aumento de los trasplantes de órganos vitales.

Por José Romero Churio