Dolores* decidió separarse de su compañero sentimental con quien tiene una hermosa hija de cinco años, en medio de la cuarentena perdió su empleo; pero aun así, se armó de valor y tomó la decisión; acudió a otras instituciones de orden nacional sin ningún resultado, pues habían suspendido la atención al público, así que escuchó […]
Dolores* decidió separarse de su compañero sentimental con quien tiene una hermosa hija de cinco años, en medio de la cuarentena perdió su empleo; pero aun así, se armó de valor y tomó la decisión; acudió a otras instituciones de orden nacional sin ningún resultado, pues habían suspendido la atención al público, así que escuchó el consejo de una vecina y acudió a la Comisaría de Familia, que justamente queda ubicada en la comuna donde reside, a fin de llegar a un acuerdo con el padre de su hija sobre la liquidación de la sociedad conyugal, la fijación de la cuota de alimentos, asignación de custodia y régimen de visitas.
Durante el periodo de pandemia, las Comisarías de Familia han sido la única instancia que han mantenido su servicio semi presencial (con protocolos de bioseguridad) para el acceso a la justicia en protección de las víctimas de violencia intrafamiliar, entre ellas niños, niñas, mujeres y personas mayores.
Durante estos ocho meses de distanciamiento social han establecido dos modalidades de atención: presencial y virtual a través de e-mail, líneas de WhatsApp y telefónicas, como canales efectivos de atención. En estas, se atienden consultas relacionadas con violencia intrafamiliar, maltrato infantil, denuncia por delito sexual, definición provisional sobre la custodia y cuidado personal; la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas de los niños, niñas y adolescentes. Además, se adelantan actuaciones por el delito de violencia intrafamiliar, restablecimiento de derechos y trámites de incumplimiento de medida de protección, entre otras.
Fue así como, el Gobierno nacional y con el propósito de limitar las posibilidades de propagación del coronavirus covid-19 y de proteger la salud del público en general y de los servidores públicos que los atienden, expidió el Decreto 460 del 22 de marzo de 2020, por medio del cual se garantiza la prestación ininterrumpida del servicio de las Comisarías de Familia del país, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, exigiéndole apoyo logístico a los gobiernos locales, bajo el entendido que la función que desarrollan las Comisarías de Familia se enmarca en el deber de garantizar el derecho a una vida libre de violencias al interior de la familia, y a su vez flexibilizar la obligación de atención personalizada a los usuarios mediante la utilización de medios tecnológicos, que permitan reducir la congregación de personas en las oficinas, sin que ello afecte la continuidad y efectividad de las actuaciones administrativas y jurisdiccionales que le competen.
El mismo acto le ordena a las Comisarías establecer criterios de priorización del servicio y atención personalizada para casos de riesgo de feminicidio, violencia y acoso sexual, violencia psicológica y física, hechos de violencia en general contra niños, niñas, adolescentes, adultos mayores y personas en situación de discapacidad.
Usuarios como Dolores* han sido atendidos oportunamente con este modelo de alternancia, que le permitió resolver su situación tanto personal como jurídica respecto de su familia, destacando la labor de las Comisarias de Familia que ante la crisis, siguen de pie.
Dolores* decidió separarse de su compañero sentimental con quien tiene una hermosa hija de cinco años, en medio de la cuarentena perdió su empleo; pero aun así, se armó de valor y tomó la decisión; acudió a otras instituciones de orden nacional sin ningún resultado, pues habían suspendido la atención al público, así que escuchó […]
Dolores* decidió separarse de su compañero sentimental con quien tiene una hermosa hija de cinco años, en medio de la cuarentena perdió su empleo; pero aun así, se armó de valor y tomó la decisión; acudió a otras instituciones de orden nacional sin ningún resultado, pues habían suspendido la atención al público, así que escuchó el consejo de una vecina y acudió a la Comisaría de Familia, que justamente queda ubicada en la comuna donde reside, a fin de llegar a un acuerdo con el padre de su hija sobre la liquidación de la sociedad conyugal, la fijación de la cuota de alimentos, asignación de custodia y régimen de visitas.
Durante el periodo de pandemia, las Comisarías de Familia han sido la única instancia que han mantenido su servicio semi presencial (con protocolos de bioseguridad) para el acceso a la justicia en protección de las víctimas de violencia intrafamiliar, entre ellas niños, niñas, mujeres y personas mayores.
Durante estos ocho meses de distanciamiento social han establecido dos modalidades de atención: presencial y virtual a través de e-mail, líneas de WhatsApp y telefónicas, como canales efectivos de atención. En estas, se atienden consultas relacionadas con violencia intrafamiliar, maltrato infantil, denuncia por delito sexual, definición provisional sobre la custodia y cuidado personal; la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas de los niños, niñas y adolescentes. Además, se adelantan actuaciones por el delito de violencia intrafamiliar, restablecimiento de derechos y trámites de incumplimiento de medida de protección, entre otras.
Fue así como, el Gobierno nacional y con el propósito de limitar las posibilidades de propagación del coronavirus covid-19 y de proteger la salud del público en general y de los servidores públicos que los atienden, expidió el Decreto 460 del 22 de marzo de 2020, por medio del cual se garantiza la prestación ininterrumpida del servicio de las Comisarías de Familia del país, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, exigiéndole apoyo logístico a los gobiernos locales, bajo el entendido que la función que desarrollan las Comisarías de Familia se enmarca en el deber de garantizar el derecho a una vida libre de violencias al interior de la familia, y a su vez flexibilizar la obligación de atención personalizada a los usuarios mediante la utilización de medios tecnológicos, que permitan reducir la congregación de personas en las oficinas, sin que ello afecte la continuidad y efectividad de las actuaciones administrativas y jurisdiccionales que le competen.
El mismo acto le ordena a las Comisarías establecer criterios de priorización del servicio y atención personalizada para casos de riesgo de feminicidio, violencia y acoso sexual, violencia psicológica y física, hechos de violencia en general contra niños, niñas, adolescentes, adultos mayores y personas en situación de discapacidad.
Usuarios como Dolores* han sido atendidos oportunamente con este modelo de alternancia, que le permitió resolver su situación tanto personal como jurídica respecto de su familia, destacando la labor de las Comisarias de Familia que ante la crisis, siguen de pie.