Los pasajeros podrán abordar los vuelos presentando otro documento que contenga sus datos personales.
La Aeronáutica Civil eliminó la exigencia que se les hacía a todos los viajeros de vuelos nacionales que, por pérdida o hurto de sus documentos, debían presentar el documento de la denuncia para poder hacer su chequeo y abordar en los diferentes vuelos, por lo que podrán hacerlo presentando otro documento.
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De acuerdo con la Aeronáutica Civil a través de la resolución 004141 del 10 de enero de este año, determinó que el documento que presenten los viajeros deberá contener nombres y apellidos, número del documento de identidad y fotografía del titular, como la licencia de conducción, libreta militar, tarjeta profesional o el pasaporte.
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Al tiempo, mencionaron que estos deben encontrarse vigentes y podrán presentarse en medio físico o digital.
En cuanto a los pasajeros extranjeros, al momento de abordar un vuelo nacional el documento exigido será el pasaporte o la cédula de extranjería.
Los pasajeros podrán abordar los vuelos presentando otro documento que contenga sus datos personales.
La Aeronáutica Civil eliminó la exigencia que se les hacía a todos los viajeros de vuelos nacionales que, por pérdida o hurto de sus documentos, debían presentar el documento de la denuncia para poder hacer su chequeo y abordar en los diferentes vuelos, por lo que podrán hacerlo presentando otro documento.
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