La elección de nuevo rector será el 17 de julio y no el 28 de junio, como estaba inicialmente establecido.
Tras el fallo de tutela que ordenó levantar la medida cautelar e incluir en la lista de admitidos a Álvaro Iglesias Ibarra, la Universidad Popular del Cesar, UPC, emitió el acuerdo 015 por medio del cual ajustó el calendario para designar rector para el periodo 2019-2023.
En ese sentido, para el próximo 28 de junio quedó establecida la consulta estamentaria o elección por parte de estudiantes, egresados, rectores, entre otros. Previo a esta fecha, el próximo 19 de junio serán divulgadas las propuestas de los diferentes candidatos a la rectoría y el 25 del mismo mes el foro en Aguachica para que los candidatos presenten sus propuestas a ese cargo.
La elección del rector en el Consejo Superior en donde debe contar con las mayorías de los consejeros se realizará el 17 de julio y no el 28 de junio como en el calendario anterior se había establecido.
IMPUGNACIÓN
Mientras que la UPC da a conocer el nuevo calendario electoral, el exrector José Guillermo Botero Cotes impugnó la tutela que presentó a fin de que fueran protegidos sus derechos y de esa manera la universidad admitiera su inscripción.
El Juzgado Primero Administrativo de Valledupar consideró que si bien la UPC había violado sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, al acceso al desempeño de funciones de cargos públicos, elegir y ser elegido, este se encuentra impedido para aspirar a ser designado como rector, debido a una condena que tiene en su contra por la cual debe cancelar más de $145 millones, ya que en su contra tiene una acción de repetición de cuando fue rector.
Botero Cotes, quien además es abogado litigante, aseguró que en la tutela el juez argumenta la violación de sus derechos fundamentales de elegir y ser elegido, a la igualdad, entre otros, “pero en un inequívoco y extraño análisis del Artículo 122 de la Constitución Política y el manual de buen Gobierno de la Universidad, el Juzgado declara ‘inhabilidad ética’ que no existe y para la cual tampoco tiene competencia como juez de tutela”.
Por ello impugnó la tutela a fin de que se protejan sus derechos y llegar por segunda vez a la rectoría de ese claustro universitario.
La elección de nuevo rector será el 17 de julio y no el 28 de junio, como estaba inicialmente establecido.
Tras el fallo de tutela que ordenó levantar la medida cautelar e incluir en la lista de admitidos a Álvaro Iglesias Ibarra, la Universidad Popular del Cesar, UPC, emitió el acuerdo 015 por medio del cual ajustó el calendario para designar rector para el periodo 2019-2023.
En ese sentido, para el próximo 28 de junio quedó establecida la consulta estamentaria o elección por parte de estudiantes, egresados, rectores, entre otros. Previo a esta fecha, el próximo 19 de junio serán divulgadas las propuestas de los diferentes candidatos a la rectoría y el 25 del mismo mes el foro en Aguachica para que los candidatos presenten sus propuestas a ese cargo.
La elección del rector en el Consejo Superior en donde debe contar con las mayorías de los consejeros se realizará el 17 de julio y no el 28 de junio como en el calendario anterior se había establecido.
IMPUGNACIÓN
Mientras que la UPC da a conocer el nuevo calendario electoral, el exrector José Guillermo Botero Cotes impugnó la tutela que presentó a fin de que fueran protegidos sus derechos y de esa manera la universidad admitiera su inscripción.
El Juzgado Primero Administrativo de Valledupar consideró que si bien la UPC había violado sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, al acceso al desempeño de funciones de cargos públicos, elegir y ser elegido, este se encuentra impedido para aspirar a ser designado como rector, debido a una condena que tiene en su contra por la cual debe cancelar más de $145 millones, ya que en su contra tiene una acción de repetición de cuando fue rector.
Botero Cotes, quien además es abogado litigante, aseguró que en la tutela el juez argumenta la violación de sus derechos fundamentales de elegir y ser elegido, a la igualdad, entre otros, “pero en un inequívoco y extraño análisis del Artículo 122 de la Constitución Política y el manual de buen Gobierno de la Universidad, el Juzgado declara ‘inhabilidad ética’ que no existe y para la cual tampoco tiene competencia como juez de tutela”.
Por ello impugnó la tutela a fin de que se protejan sus derechos y llegar por segunda vez a la rectoría de ese claustro universitario.