La demandante señaló que Raúl Romero Rodríguez se inscribió como candidato a la Asamblea a pesar de estar inhabilitado porque su hermano, Johnny Enrique Saravia Rodríguez, se desempeñó como registrador Municipal de Pailitas.
La mañana del pasado viernes primero de noviembre, Wilmen Vásquez intentó posesionarse como director encargado de Corpocesar tras el fallo del Consejo de Estado.
A raíz de una solicitud del Ministerio de Ambiente, la directora de Corpocesar continúa ejerciendo porque la sentencia no se ha ejecutoriado.
El fallo a favor del alcalde Alfredo Bohorquez se conoció la tarde de este 14 de noviembre.
El Consejo de Estado decidió no realizar la práctica de pruebas porque la defensa de la gobernadora no cumplió los requisitos a la hora de solicitar el recurso.
El pasado viernes 25 de octubre, el Consejo de Estado declaró nula la elección de la directora de Corpocesar, Adriana Margarita García Arévalo
Adriana García estuvo como directora de Corpocesar durante 10 meses, desde diciembre de 2023, cuando fue elegida de manera sorpresiva.
El fallo contra la directora de Corpocesar surgió a raíz de una demanda interpuesta por el Ministerio de Ambiente, a través de los abogados Luis Fernando Padilla y Heiner Elías Molina. Los jurídicos sustentaron la demanda en cuatro argumentos, de los cuales solo progresó uno.
En segunda instancia, el Consejo de Estado declaró nula la elección de la directora de Corpocesar, Adriana Margarita García Arévalo. La funcionaria aún no ha sido notificada.
Tanto el Tribunal Administrativo como el Consejo de Estado determinaron que lo alegado por el demandante no podía ser ventilado en el proceso electoral
En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Cesar declaró nulo el acto administrativo por medio del cual fue elegido Raúl Romero como diputado del departamento.
Fallada la segunda instancia, Carlos Escorcia será nombrado como concejal de Valledupar por el partido En Marcha.
La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó al Estado Colombiano a pagar perjuicios por las interceptaciones, seguimientos ilegales y campaña de desprestigio contra el magistrado de la Corte Constitucional Jaime Araujo Rentería.
Los demandantes presentaron como prueba un video de 1 minuto con 58 segundos, en el que se evidencia a Neil Cárdenas interviniendo en una reunión en la que se encontraba la entonces candidata a la Gobernación.
En un oficio de 20 páginas que conoció EL PILÓN, la gobernadora presentó el recurso de reposición señalando que no se cumplen los presupuestos señalados para aplicar sentencia anticipada, por lo que hay pruebas por practicar.
La magistrada ponente, Gloría María Gómez, sostuvo que se cumple con los requisitos establecidos en el artículo 182 de la Ley 1437 de 2011 para acudir a la figura procesal de la sentencia anticipada.
La elección de la gobernadora del Cesar fue demandada por el abogado Luis Fernando Padilla por presuntamente apoyar a candidatos de otros partidos durante la campaña.
El demandante argumentó la tutela en el artículo 264 de la Constitución Política de 1991, el cual señala en uno de sus parágrafos que “en los casos de única instancia, según la ley, el término para decidir no podrá exceder de seis (6) meses”.
El diputado Raúl Romero le dijo a EL PILÓN que espera que en segunda instancia, nuevamente, el Consejo de Estado le dé la razón.
La apelación la presentarán ante la Sección Quinta del Consejo de Estado en un plazo de cinco días hábiles luego de ser notificados.
Los abogados David Sierra y Luis Fernando Padilla presentaron demandas de nulidad electoral en contra de la gobernadora por presunta doble militancia y pidieron declarar nula su elección.