Por tener parentescos familiares con dos concejales de Astrea, el Juzgado Sexto Administrativo Oral de Valledupar dictó sentencia de nulidad a la elección del Secretario del Concejo de esta localidad.
ANNELISE BARRIGA RAMIREZ
[email protected]
Por violación constitucional, el Juez Sexto Administrativo Oral de Valledupar, Pedro Olivella Solano, falló en sentencia de primera instancia que el acto de elección de Jaime Dau Rubio como secretario -pagador del Concejo Municipal de Astrea, Cesar, está viciado de nulidad.
La anterior decisión se argumenta porque dicha elección quebrantó una norma superior en la que debía fundarse, estipulada en el artículo 126 de la Constitución Política, que hace referencia a que los servidores públicos no podrán nombrar como empleados a personas con algún tipo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.
“Se verificó el parentesco entre el elegido y dos concejales que actuaron como sus nominadores (Alfonso José Jiménez Rubio y Henry Barrio Rivera). Bajo esta premisa se declara la nulidad de la elección de Jaime Dau Rubio como secretario- pagador del Concejo de Astrea, Cesar, en el período 2.013”, explicó Olivella Solano.
El Juez resalta en su decisión, la violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades y el conflicto de intereses inmerso en los artículos mencionados de la Carta Magna, teniendo en cuenta que es norma de normas.
Argumentos del fallo
-El concejal Alfonso José Jiménez Rubio, elegido como primer vicepresidente del Concejo de Astrea, tiene vínculo de consanguinidad en cuarto grado con Jaime Dau Rubio, debido a que son primos hermanos, violando el régimen de inhabilidad y conflicto de interés, al no declararse impedido para votar en esa elección.
-Jaime Dau Rubio elegido como secretario-pagador del Concejo de Astrea también tiene vínculo en segundo grado de afinidad con el concejal del mismo municipio Henry Barrio Rivera, debido a que su hermana se encuentra casada con Dau Rubio.
Esta acción de nulidad nace ante la demanda presentada al Juzgado Sexto Administrativo Oral de Valledupar por los ciudadanos: Jorge Carey Rivera, Álvaro Gómez Batista, Luis Salomón Madrid Pacheco, Samuel Ramírez Troye y Francisco Villareal Menco.
Por tener parentescos familiares con dos concejales de Astrea, el Juzgado Sexto Administrativo Oral de Valledupar dictó sentencia de nulidad a la elección del Secretario del Concejo de esta localidad.
ANNELISE BARRIGA RAMIREZ
[email protected]
Por violación constitucional, el Juez Sexto Administrativo Oral de Valledupar, Pedro Olivella Solano, falló en sentencia de primera instancia que el acto de elección de Jaime Dau Rubio como secretario -pagador del Concejo Municipal de Astrea, Cesar, está viciado de nulidad.
La anterior decisión se argumenta porque dicha elección quebrantó una norma superior en la que debía fundarse, estipulada en el artículo 126 de la Constitución Política, que hace referencia a que los servidores públicos no podrán nombrar como empleados a personas con algún tipo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.
“Se verificó el parentesco entre el elegido y dos concejales que actuaron como sus nominadores (Alfonso José Jiménez Rubio y Henry Barrio Rivera). Bajo esta premisa se declara la nulidad de la elección de Jaime Dau Rubio como secretario- pagador del Concejo de Astrea, Cesar, en el período 2.013”, explicó Olivella Solano.
El Juez resalta en su decisión, la violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades y el conflicto de intereses inmerso en los artículos mencionados de la Carta Magna, teniendo en cuenta que es norma de normas.
Argumentos del fallo
-El concejal Alfonso José Jiménez Rubio, elegido como primer vicepresidente del Concejo de Astrea, tiene vínculo de consanguinidad en cuarto grado con Jaime Dau Rubio, debido a que son primos hermanos, violando el régimen de inhabilidad y conflicto de interés, al no declararse impedido para votar en esa elección.
-Jaime Dau Rubio elegido como secretario-pagador del Concejo de Astrea también tiene vínculo en segundo grado de afinidad con el concejal del mismo municipio Henry Barrio Rivera, debido a que su hermana se encuentra casada con Dau Rubio.
Esta acción de nulidad nace ante la demanda presentada al Juzgado Sexto Administrativo Oral de Valledupar por los ciudadanos: Jorge Carey Rivera, Álvaro Gómez Batista, Luis Salomón Madrid Pacheco, Samuel Ramírez Troye y Francisco Villareal Menco.