Con la sentencia contra Monsalvo, el departamento entra en un periodo de incertidumbre política en virtud de la solicitud realizada por el tribunal al presidente de la república para que asigne a un gobernador encargado.
Después de siete meses de fungir en el cargo, el gobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo Gnecco, deberá apartarse de las riendas del departamento motivado por la condena de 61 meses y 16 días de prisión domiciliaria que le impuso la Sala Especial de la Corte Suprema de Justicia por el delito de corrupción electoral durante las campañas regionales del 2011.
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Para el tribunal, según la sentencia de primera instancia, es claro que el mandatario ganó las elecciones del 2011 “mediante una dádiva específica a cambio de votos”, en este caso, los pactos que suscribió con los líderes de las invasiones Tierra Prometida, Emmanuel y Guasimales, bajo la premisa de mantenerlos quietos en esos predios de propiedad privada una vez fuera elegido con el apoyo de sus votos.
Por eso también le impuso una multa de 301.58 salarios mínimos legales vigentes para la época de los hechos y como pena accesoria la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por igual término de la pena principal privativa de la libertad.
“Es incuestionable que la condena proferida en contra de Luis Alberto Monsalvo Gnecco genera la inhabilidad sobreviniente, lo que implica la separación del cargo. Por tal motivo, se enviará copia de esta decisión a la Presidencia de la República para lo pertinente”, reza la sentencia.
En otras palabras, la Corte Suprema de Justicia pidió al presidente Iván Duque suspender del cargo a Monsalvo Gnecco, en virtud de la sentencia por el delito de corrupción al sufragante. El alto tribunal consideró que dicha medida es necesaria para no perturbar la buena marcha de la administración pública en el departamento por la privación de la libertad de este.
Según el abogado especialista en Derecho Penal, Benjamín Jaimes Quintero, el mandatario podría delegar mientras que el Gobierno asigna a uno de sus funcionarios cercanos para cumplir con las funciones del cargo.
Explicó además que a Monsalvo no le libraron una orden de captura en la audiencia de lectura de fallo por el buen comportamiento durante el proceso, pues a pesar que no tenía una medida de aseguramiento compareció en las diligencias.
La sentencia fue apelada por el abogado Alejandro Sánchez, quien representa los intereses del gobernador, para que sea nuevamente valorada en segunda instancia.
Justo, será la Sala de Casación Penal la encargada de estudiar la apelación que presentó la defensa del gobernador Luis Alberto Monsalvo. Así, en un tiempo entre 8 o 12 meses, dicha sala conformada por 9 magistrados decidirá si confirma o revoca la sentencia de primera instancia.
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Si se revoca la sentencia, desaparecería la condena contra Monsalvo y por lo tanto también la inhabilidad. Abogados consideran que no sería una sorpresa ni algo extraordinario. Es una posibilidad dentro del proceso. Sin embargo, si es ratificada en segunda instancia, sería necesario programar elecciones atípicas en el Cesar para elegir gobernador.
El alto tribunal consideró que en el debate probatorio se demostró que en las elecciones del 2011 Luis Alberto Monsalvo, en condición de candidato, realizó actividades proselitistas en las mencionadas invasiones a tal punto de suscribir actas de compromisos, entre esas la del 16 de octubre de 2011 con la comunidad de Tierra Prometida, representada por los habitantes Blanca Vanegas, Martha Montero Varón, Martha Aroca, Celis Gómez Mercado, Clarivel Molinares, Edubilia Cáceres, Edith Gil y María Rojas Hernández, quienes eran actos para votar.
Así como lo estaban dos adultos por cada 800 familias que residían en estos predios de propiedad del constructor Oscar Alex Guerra Bonilla y de las cuales aparentemente Monsalvo habría sacado réditos políticos a cambio de “mantenerlos quietos” en la predios y darles vivienda.
No obstante, el caso solamente habría quedado evidenciado una vez el dirigente político se posesionó como gobernador el 1 de enero de 2012. A mediados de ese año se tramitaron desalojos que ocasionaron que las familias salieran a marchar para exigir una vivienda digna y de paso sacar a colación el documento suscrito con el ahora mandatario.
Según la investigación, sus derechos eran representados por el abogado Orlando Díaz Rojas, quien se reunió con ellos para calmar los ánimos el 2 de junio del 2012.
“Al gobernador ustedes le dieron el voto y hoy está (él) haciendo todas las diligencias pertinentes para sacarlos de aquí […] Él se comprometió con ustedes a darles vivienda digna y hay un documento escrito, que él dijo que no haría nada en contra de ustedes [. . .]” dice la sentencia al reflejar lo dicho para la época por Díaz Rojas.
Monsalvo Gnecco por su parte asignó fondos de presupuesto en cumplimiento del programa de vivienda ‘Techo a Salvo’ y en consecuencia tramitó acciones tendientes a garantizarles una vivienda digna a las familias de las invasiones, entre esas las de Tierra Prometida.
“Es palmario que el beneficio prometido por Monsalvo Gnecco constituyó una dádiva para que sus destinatarios votaran por sus aspiraciones, como quiera que ignoró la acción ejercida por el propietario del terreno y frustró cualquier posibilidad de consensuar entre las partes, al extremo que Oscar Guerra Bonilla optó por acudir a la vía administrativa en procura de obtener la indemnización por los perjuicios ocasionados con la invasión, con la anuencia de las autoridades locales”, puntualizó el tribunal.
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Para llegar a esa conclusión tuvieron en cuenta unas 14 estipulaciones probatorias entregadas por la Fiscalía Tercera delegada ante la corte y la defensa, provenientes de videos, documentos, providencias judiciales y los más de cinco testimonios entregados por líderes comunitarios, el exalcalde Fredy Miguel Socarrás Reales, Mauricio Alberto Pimienta Naranjo, entre otros.
Entre tanto, la defensa figurada por el abogado Alejandro Sánchez, en la iniciación del proceso fijó su posición asegurando que el político “actuó de buena fe”.
Con respecto a la reunión del 16 de octubre en Tierra Prometida aseguró que se desarrollaba normalmente cuando al lugar arribaron 10 personas de la comunidad acompañadas de un abogado quienes en medio de arengas y aplausos expusieron el documento a manera de “compromiso”.
Según su teoría del caso, el acto fue improvisado, no hacía parte de la agenda y Monsalvo lo firmó porque lo vio como un acto simbólico.
Para la defensa su prohijado obró con la convicción de que era un compromiso político para garantizar lo que la administración de justicia mediante tutelas ya había protegido.
Por eso en los alegatos de conclusión puntualizó: “No es delito haber suscrito el documento en los términos anteriores, pues su contenido fue una síntesis mal redactada de lo decidido por la Corte Constitucional sobre la garantía de vivienda digna, concepción que acompañó al candidato en su campaña. Recuérdese que Monsalvo Gnecco no elaboró el documento, por consiguiente, su texto no fue producto de su obrar, además no tenía nada de ilegal pues no constituía una dádiva”, reseña la providencia.
Al respecto, el despacho judicial consideró que lo firmado no fue el resultado de un acto ingenuo del aspirante porque se trató presuntamente de una oferta específica e ilegal para orientar el apoyo político.
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Este proceso penal surgió el 20 de enero de 2017 cuando a Luis Alberto Monsalvo la Fiscalía le imputó cargos ante Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá. Aunque lo responsabilizaron de los delitos de corrupción al sufragante e invasión de tierras, este último fue declarado nulo por la Sala de Casación Penal.
Así las cosas el pleito siguió su curso con las audiencias de formulación de acusación y preparatoria ante la Sala Especial de Primera instancia de la Corte Suprema de Justicia hasta culminar en el juicio que derivó en el sentido de fallo condenatorio en contra de Monsalvo el pasado 16 de julio.
Esta misma sala a finales del mes de octubre de 2018 también sentenció a 10 años de prisión al exgobernador de La Guajira Wilmer González Brito por los delitos de cohecho, corrupción al sufragante, falsedad en documento y fraude procesal que cometió durante la campaña a la Gobernación en el año 2016.
Con la sentencia contra Monsalvo, el departamento entra en un periodo de incertidumbre política en virtud de la solicitud realizada por el tribunal al presidente de la república para que asigne a un gobernador encargado.
Después de siete meses de fungir en el cargo, el gobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo Gnecco, deberá apartarse de las riendas del departamento motivado por la condena de 61 meses y 16 días de prisión domiciliaria que le impuso la Sala Especial de la Corte Suprema de Justicia por el delito de corrupción electoral durante las campañas regionales del 2011.
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Para el tribunal, según la sentencia de primera instancia, es claro que el mandatario ganó las elecciones del 2011 “mediante una dádiva específica a cambio de votos”, en este caso, los pactos que suscribió con los líderes de las invasiones Tierra Prometida, Emmanuel y Guasimales, bajo la premisa de mantenerlos quietos en esos predios de propiedad privada una vez fuera elegido con el apoyo de sus votos.
Por eso también le impuso una multa de 301.58 salarios mínimos legales vigentes para la época de los hechos y como pena accesoria la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por igual término de la pena principal privativa de la libertad.
“Es incuestionable que la condena proferida en contra de Luis Alberto Monsalvo Gnecco genera la inhabilidad sobreviniente, lo que implica la separación del cargo. Por tal motivo, se enviará copia de esta decisión a la Presidencia de la República para lo pertinente”, reza la sentencia.
En otras palabras, la Corte Suprema de Justicia pidió al presidente Iván Duque suspender del cargo a Monsalvo Gnecco, en virtud de la sentencia por el delito de corrupción al sufragante. El alto tribunal consideró que dicha medida es necesaria para no perturbar la buena marcha de la administración pública en el departamento por la privación de la libertad de este.
Según el abogado especialista en Derecho Penal, Benjamín Jaimes Quintero, el mandatario podría delegar mientras que el Gobierno asigna a uno de sus funcionarios cercanos para cumplir con las funciones del cargo.
Explicó además que a Monsalvo no le libraron una orden de captura en la audiencia de lectura de fallo por el buen comportamiento durante el proceso, pues a pesar que no tenía una medida de aseguramiento compareció en las diligencias.
La sentencia fue apelada por el abogado Alejandro Sánchez, quien representa los intereses del gobernador, para que sea nuevamente valorada en segunda instancia.
Justo, será la Sala de Casación Penal la encargada de estudiar la apelación que presentó la defensa del gobernador Luis Alberto Monsalvo. Así, en un tiempo entre 8 o 12 meses, dicha sala conformada por 9 magistrados decidirá si confirma o revoca la sentencia de primera instancia.
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Si se revoca la sentencia, desaparecería la condena contra Monsalvo y por lo tanto también la inhabilidad. Abogados consideran que no sería una sorpresa ni algo extraordinario. Es una posibilidad dentro del proceso. Sin embargo, si es ratificada en segunda instancia, sería necesario programar elecciones atípicas en el Cesar para elegir gobernador.
El alto tribunal consideró que en el debate probatorio se demostró que en las elecciones del 2011 Luis Alberto Monsalvo, en condición de candidato, realizó actividades proselitistas en las mencionadas invasiones a tal punto de suscribir actas de compromisos, entre esas la del 16 de octubre de 2011 con la comunidad de Tierra Prometida, representada por los habitantes Blanca Vanegas, Martha Montero Varón, Martha Aroca, Celis Gómez Mercado, Clarivel Molinares, Edubilia Cáceres, Edith Gil y María Rojas Hernández, quienes eran actos para votar.
Así como lo estaban dos adultos por cada 800 familias que residían en estos predios de propiedad del constructor Oscar Alex Guerra Bonilla y de las cuales aparentemente Monsalvo habría sacado réditos políticos a cambio de “mantenerlos quietos” en la predios y darles vivienda.
No obstante, el caso solamente habría quedado evidenciado una vez el dirigente político se posesionó como gobernador el 1 de enero de 2012. A mediados de ese año se tramitaron desalojos que ocasionaron que las familias salieran a marchar para exigir una vivienda digna y de paso sacar a colación el documento suscrito con el ahora mandatario.
Según la investigación, sus derechos eran representados por el abogado Orlando Díaz Rojas, quien se reunió con ellos para calmar los ánimos el 2 de junio del 2012.
“Al gobernador ustedes le dieron el voto y hoy está (él) haciendo todas las diligencias pertinentes para sacarlos de aquí […] Él se comprometió con ustedes a darles vivienda digna y hay un documento escrito, que él dijo que no haría nada en contra de ustedes [. . .]” dice la sentencia al reflejar lo dicho para la época por Díaz Rojas.
Monsalvo Gnecco por su parte asignó fondos de presupuesto en cumplimiento del programa de vivienda ‘Techo a Salvo’ y en consecuencia tramitó acciones tendientes a garantizarles una vivienda digna a las familias de las invasiones, entre esas las de Tierra Prometida.
“Es palmario que el beneficio prometido por Monsalvo Gnecco constituyó una dádiva para que sus destinatarios votaran por sus aspiraciones, como quiera que ignoró la acción ejercida por el propietario del terreno y frustró cualquier posibilidad de consensuar entre las partes, al extremo que Oscar Guerra Bonilla optó por acudir a la vía administrativa en procura de obtener la indemnización por los perjuicios ocasionados con la invasión, con la anuencia de las autoridades locales”, puntualizó el tribunal.
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Para llegar a esa conclusión tuvieron en cuenta unas 14 estipulaciones probatorias entregadas por la Fiscalía Tercera delegada ante la corte y la defensa, provenientes de videos, documentos, providencias judiciales y los más de cinco testimonios entregados por líderes comunitarios, el exalcalde Fredy Miguel Socarrás Reales, Mauricio Alberto Pimienta Naranjo, entre otros.
Entre tanto, la defensa figurada por el abogado Alejandro Sánchez, en la iniciación del proceso fijó su posición asegurando que el político “actuó de buena fe”.
Con respecto a la reunión del 16 de octubre en Tierra Prometida aseguró que se desarrollaba normalmente cuando al lugar arribaron 10 personas de la comunidad acompañadas de un abogado quienes en medio de arengas y aplausos expusieron el documento a manera de “compromiso”.
Según su teoría del caso, el acto fue improvisado, no hacía parte de la agenda y Monsalvo lo firmó porque lo vio como un acto simbólico.
Para la defensa su prohijado obró con la convicción de que era un compromiso político para garantizar lo que la administración de justicia mediante tutelas ya había protegido.
Por eso en los alegatos de conclusión puntualizó: “No es delito haber suscrito el documento en los términos anteriores, pues su contenido fue una síntesis mal redactada de lo decidido por la Corte Constitucional sobre la garantía de vivienda digna, concepción que acompañó al candidato en su campaña. Recuérdese que Monsalvo Gnecco no elaboró el documento, por consiguiente, su texto no fue producto de su obrar, además no tenía nada de ilegal pues no constituía una dádiva”, reseña la providencia.
Al respecto, el despacho judicial consideró que lo firmado no fue el resultado de un acto ingenuo del aspirante porque se trató presuntamente de una oferta específica e ilegal para orientar el apoyo político.
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Este proceso penal surgió el 20 de enero de 2017 cuando a Luis Alberto Monsalvo la Fiscalía le imputó cargos ante Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá. Aunque lo responsabilizaron de los delitos de corrupción al sufragante e invasión de tierras, este último fue declarado nulo por la Sala de Casación Penal.
Así las cosas el pleito siguió su curso con las audiencias de formulación de acusación y preparatoria ante la Sala Especial de Primera instancia de la Corte Suprema de Justicia hasta culminar en el juicio que derivó en el sentido de fallo condenatorio en contra de Monsalvo el pasado 16 de julio.
Esta misma sala a finales del mes de octubre de 2018 también sentenció a 10 años de prisión al exgobernador de La Guajira Wilmer González Brito por los delitos de cohecho, corrupción al sufragante, falsedad en documento y fraude procesal que cometió durante la campaña a la Gobernación en el año 2016.