Parmalat, Alkosto, De la Cuesta y Medalla de Oro son las marcas de leche que la Superindustria investiga para determinar si vulneraron o no la libre competencia y protección del consumidor.
Según la SIC, Rappi violó las normas sobre protección de datos personales al no tener la autorización previa del usuario para usar sus datos para mercadeo o publicidad.
La SIC dio a conocer este jueves que impuso una sanción de 950 millones de pesos a la compañía de telefonía Claro.
La SIC enumeró algunos de los hechos que soportan la decisión y en los que se evidencian faltas contra las normas de protección de los consumidores.
La red Social Facebook será investigada por la SIC para determinar si la red social cumplió o no el régimen de protección de datos.
Según la SIC, el operador no permitía el acceso al formulario de PQR para presentar una queja.
La SIC indicó también que la compañía de telefonía remitió información inexacta a la entidad sobre las quejas de sus usuarios ante “la imposibilidad de terminación del contrato y cambio de modalidad de pospago a prepago”.
En el caso se adjuntan copias a la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, para que determine si la conducta y diferentes actuaciones del abogado Hernando Bocanegra Bernal constituyen o no faltas disciplinarias.
La SIC establecerá si la aplicación cumple con la regulación colombiana sobre el tratamiento a los datos de menores.
La aplicación fue desactivada este primero de febrero.
La Superindustria también estableció que Uber al prestar este servicio de transporte individual de pasajeros viola las normas que regulan el mercado.
Superindustria advirtió a la empresa de telefonía móvil que, de seguir emitiendo el mensaje, podría inducir a error y engaño a los usuarios.
A veces las normas de protección al consumidor se quedan cortas para solucionar de manera definitiva y completa los males de los propietarios de los vehículos amparados por una garantía, porque parten del supuesto de que todos los productos son iguales.