Desde agosto del año pasado cuando el Juzgado 11 Penal del Circuito de Medellín profirió sentencia de primera instancia en el caso del reconocido cantante vallenato Nelson Velásquez se viene hablando en los corrillos faranduleros de este tema, que sin duda reviste especial importancia no solo para la música vallenata, sino también, para el derecho de autor y por supuesto para el derecho penal en particular.
Voy a intentar hacer una breve síntesis de los hechos que dieron pie para que por estos días la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín haya proferido sentencia de segunda instancia confirmando la decisión del Juzgado 11 Penal del Circuito en el sentido de condenar al cantante a 4 años de prisión y una multa de 26 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La casa editora LG MUSIC y su agrupación musical Los Inquietos tuvieron un vínculo contractual con Nelson Aníbal Velásquez Díaz, quien fue la voz líder de Los Inquietos durante los años 2000 al 2004. Cuando el cantante decide hacer tolda aparte LG MUSIC demanda civil y penalmente a Nelson y para terminar esos procesos se celebra un contrato de transacción en el que se pacta una indemnización de 650 millones de pesos a favor de LG MUSIC, y se le permite la interpretación en vivo al cantante de doce temas “propiedad de la editora” solamente durante los años 2005 y 2006, las obras son de la autoría de Omar Geles, Iván Calderón y Wilfran Castillo.





