Como se recordará, en noviembre del año pasado la empresa Canacol Energy, que opera en Colombia y es la segunda en importancia después de Ecopetrol como proveedora de gas natural, se declaró en insolvencia ante la Corte del Rey de Alberta, Canadá, país este en el cual está domiciliada. En desarrollo del proceso de reorganización financiera, le solicitó su autorización para “rechazar, rescindir, terminar, total o parcialmente, acuerdos o contratos de cualquier naturaleza”, 19 de los cuales fueron suscritos en Colombia, entre ellos de suministro y transporte. El 24 de junio, dicha Corte decidió avalar su solicitud, lo cual ha generado preocupación e incertidumbre en Colombia por las consecuencias que se derivarían de hacerse efectiva dicha providencia.
Para dorar la píldora, Canacol, a través de un boletín oficial, informó que “la Corte reconoció las características particulares del mercado colombiano de gas natural y estableció salvaguardas para proteger a los usuarios regulados, como hogares y pequeñas empresas”, dejando colgados de la brocha, sin contemplación alguna, a los no regulados. Ello es inadmisible, de acuerdo con la legislación colombiana y el régimen regulatorio, tratándose de contratos de suministro en firme, no interrumpibles.
El incumplimiento de los contratos firmados en Colombia por parte de Canacol conllevaría serios traumatismos para las empresas afectadas, que son su contraparte, dado que no podrían contar con otra fuente de suministro alternativa, ni siquiera con su importación, habida cuenta de que la única regasificadora con la que se cuenta (la SPEC) está operando al límite de su capacidad; tanto más en cuanto que con el advenimiento del Súper Niño el parque térmico de generación debe emplearse a fondo para respaldar el sistema, supliendo la energía que, por sus limitaciones, dejan de generar las hídricas, y para hacerlo requieren mayores volúmenes de gas natural como combustible.
