El Gobierno no descarta que se establezcan medidas adicionales para los municipios y ciudades con mayor riesgo de contagio de la covid-19.
Para evitar aglomeraciones en los establecimientos comerciales durante los próximos días sin IVA el 3 y 19 de julio, el Gobierno nacional a través de una circular conjunta entre los Ministerio del Comercio y del Interior, solicitó a los alcaldes y gobernadores del país suspender la venta presencial de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones para esa fecha.
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La circular establece que los consumidores podrán adquirir los artículos dentro de esas categorías a través de manera virtual y que posterior a eso, de forma programada deberán recoger los artículos en las dos semanas siguientes a la compra.
“Es preciso que las autoridades locales adopten medidas extraordinarias, estrictas y urgentes complementarias a las dictadas con relación a la contención del virus y avanzar en la recomendación de procesos, procedimientos y lineamientos a seguir por parte de la ciudadanía, con el fin de garantizar que las personas que convergen en los establecimientos de comercio, considerados de grandes superficies, eviten las aglomeraciones y propaguen el coronavirus”, se lee en la circular.
La circular también indica que los mandatarios regionales deberán establecer horarios por género o cédula para la comercialización de los demás productos cobijados con el beneficio del Día sin IVA y permitir la operación de los establecimientos comerciales las 24 horas para el 3 y 19 de julio.
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Los alcaldes y gobernadores deberán asegurarse que los establecimientos comerciales que participen en el Día sin IVA deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y el distanciamiento social por parte de los compradores para evitar contagios por la covid-19.
El Gobierno no descarta que se establezcan medidas adicionales para los municipios y ciudades con mayor riesgo de contagio de la covid-19.
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La circular también indica que los mandatarios regionales deberán establecer horarios por género o cédula para la comercialización de los demás productos cobijados con el beneficio del Día sin IVA y permitir la operación de los establecimientos comerciales las 24 horas para el 3 y 19 de julio.
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