COLUMNA

La paz como derecho fundamental

La paz es un derecho fundamental y un deber constitucional de obligatorio cumplimiento, cuya defensa exige rechazar la violencia y proteger a quienes trabajan por los derechos humanos y la reconciliación

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La Carta Política de 1991, que derogó la de 1886, presenta como una de sus características, entre muchas otras, que sus normas tienen aplicación directa; es decir, no requieren, por regla general, desarrollo legislativo para su vigencia. Recordemos que las normas insertas en la Constitución de 1886 sí requerían de desarrollo legislativo por parte del Congreso para que pudieran ser aplicables, sobre todo tratándose de derechos fundamentales.

En ese orden de ideas, el artículo 22 de nuestra Constitución expresa: “La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento”. La pregunta que nos podríamos formular sería: ¿la paz es un derecho fundamental?, ¿tiene este artículo el amparo de la acción constitucional (tutela)?, ¿qué tan importante es este artículo en materia de derechos humanos?

La respuesta es afirmativa, pues la paz es un bien jurídico, pero a la vez un derecho, y no cualquier derecho: es un derecho fundamental. Es un artículo clave en el desarrollo de los derechos humanos. Pero, además, la paz es un deber de obligatorio cumplimiento; esto significa que todos estamos obligados por mandato constitucional, y principalmente nuestras autoridades legítimamente constituidas, a defender la paz.

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