La magistrada ponente consideró que no se allegaron suficientes pruebas para demostrar que la demanda cumplía con los requisitos previos de ley.
El Tribunal Administrativo del Cesar rechazó la acción popular radicada por el cabildo Adalberto Torres, como agente oficioso de la comunidad Ikarwa, asentada en el valle de Besotes, jurisdicción de Valledupar, contra el DNP, por los millonarios recursos que ha destinado en el proyecto “Estudios y Diseños Embalse Multipropósito Los Besotes”, el cual se encuentra en las etapas de prefactibilidad y factibilidad.
La magistrada ponente Doris Pinzón Amado inadmitió la demanda mediante auto del 13 de julio de 2022, a fin de que el accionante, en este caso Adalberto Torres, subsanara la acción popular tras determinar que no cumplía con los requisitos previos para demandar, señalados en el artículo 144 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA.
De acuerdo con la corporación, en el escrito introductorio no se demostró haber solicitado a la autoridad demandada que adoptara las medidas necesarias de protección del derecho o interés colectivo amenazado o violado, tal como lo contempla el código mencionado.
Destacó esta corporación que, la parte actora allegó copia del derecho de petición que incoó ante la entidad accionada, mediante el cual habría agotado el requisito descrito previamente. Así las cosas, esta corporación señaló que con el anterior escrito se elevaron “una serie de inquietudes”; sin embargo, se “echa de menos” que se hubiera solicitado a la autoridad demandada que “adoptara las medidas necesarias de protección del derecho o interés colectivo amenazado o violado”.
De conformidad con lo expuesto, el Tribunal Administrativo del Cesar concluyó que “la parte accionante no cumplió con el requisito de procedibilidad propio de las acciones populares, situación que impide que se continúe con el trámite del proceso”.
LA DEMANDA
En la demanda radicada por el cabildo Adalberto Torres solicitó se ordenara al Departamento Administrativo de Planeación, la suspensión del contrato que tiene por objeto el perfilamiento y la estructuración integral del proyecto Los Besotes, financiado con recursos de inversión del Presupuesto General de la Nación del DNP, por valor de $8.422.351.142.
De los cuales, ENTerritorio como contratista estructurador ha destinado a la fecha $3.931.136.350.64 para el pago del informe integral de prefactibilidad, donde se incluyen los aspectos técnicos, prediales, ambientales, sociales y financieros de esta etapa.
El demandante destacó que este proyecto se tramitó sin las autorizaciones necesarias de los pueblos nativos originarios de este territorio. Y, la parte actora pidió además al Tribunal Administrativo del Cesar declarar el río Guatapurí como sujeto de derecho.
SEGUIMIENTO
El PILÓN ha dedicado diferentes páginas al tema del embalse multipropósito de Valledupar, que incluye un proyecto de distrito de riego para el agro, y la piscicultura; abastecimiento del acueducto; generación de energía eléctrica renovable por generación hídrica; atracción al turismo, convirtiéndolo en sitio de interés al visitar la ciudad, y cumple función ambiental como que en caso de una extrema sequía contribuya a que se mantenga un caudal básico al río, conforme está documentado en editorial titulado: ‘Un llamado sensato por besotes’ en publicación del pasado 5 de abril de 2022.
KAREN LILIANA PÉREZ / EL PILÓN
@karenperezcol
La magistrada ponente consideró que no se allegaron suficientes pruebas para demostrar que la demanda cumplía con los requisitos previos de ley.
El Tribunal Administrativo del Cesar rechazó la acción popular radicada por el cabildo Adalberto Torres, como agente oficioso de la comunidad Ikarwa, asentada en el valle de Besotes, jurisdicción de Valledupar, contra el DNP, por los millonarios recursos que ha destinado en el proyecto “Estudios y Diseños Embalse Multipropósito Los Besotes”, el cual se encuentra en las etapas de prefactibilidad y factibilidad.
La magistrada ponente Doris Pinzón Amado inadmitió la demanda mediante auto del 13 de julio de 2022, a fin de que el accionante, en este caso Adalberto Torres, subsanara la acción popular tras determinar que no cumplía con los requisitos previos para demandar, señalados en el artículo 144 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA.
De acuerdo con la corporación, en el escrito introductorio no se demostró haber solicitado a la autoridad demandada que adoptara las medidas necesarias de protección del derecho o interés colectivo amenazado o violado, tal como lo contempla el código mencionado.
Destacó esta corporación que, la parte actora allegó copia del derecho de petición que incoó ante la entidad accionada, mediante el cual habría agotado el requisito descrito previamente. Así las cosas, esta corporación señaló que con el anterior escrito se elevaron “una serie de inquietudes”; sin embargo, se “echa de menos” que se hubiera solicitado a la autoridad demandada que “adoptara las medidas necesarias de protección del derecho o interés colectivo amenazado o violado”.
De conformidad con lo expuesto, el Tribunal Administrativo del Cesar concluyó que “la parte accionante no cumplió con el requisito de procedibilidad propio de las acciones populares, situación que impide que se continúe con el trámite del proceso”.
LA DEMANDA
En la demanda radicada por el cabildo Adalberto Torres solicitó se ordenara al Departamento Administrativo de Planeación, la suspensión del contrato que tiene por objeto el perfilamiento y la estructuración integral del proyecto Los Besotes, financiado con recursos de inversión del Presupuesto General de la Nación del DNP, por valor de $8.422.351.142.
De los cuales, ENTerritorio como contratista estructurador ha destinado a la fecha $3.931.136.350.64 para el pago del informe integral de prefactibilidad, donde se incluyen los aspectos técnicos, prediales, ambientales, sociales y financieros de esta etapa.
El demandante destacó que este proyecto se tramitó sin las autorizaciones necesarias de los pueblos nativos originarios de este territorio. Y, la parte actora pidió además al Tribunal Administrativo del Cesar declarar el río Guatapurí como sujeto de derecho.
SEGUIMIENTO
El PILÓN ha dedicado diferentes páginas al tema del embalse multipropósito de Valledupar, que incluye un proyecto de distrito de riego para el agro, y la piscicultura; abastecimiento del acueducto; generación de energía eléctrica renovable por generación hídrica; atracción al turismo, convirtiéndolo en sitio de interés al visitar la ciudad, y cumple función ambiental como que en caso de una extrema sequía contribuya a que se mantenga un caudal básico al río, conforme está documentado en editorial titulado: ‘Un llamado sensato por besotes’ en publicación del pasado 5 de abril de 2022.
KAREN LILIANA PÉREZ / EL PILÓN
@karenperezcol