En aras de conservar la seguridad y convivencia, al tiempo evitar posibles escenarios de riesgos con consecuencias mortales, el decreto 000227 prohíbe que cualquier persona pueda bañarse en el Balneario Hurtado del Río Guatapurí desde el 26 hasta el 30 de abril de 2017, en el horario comprendido entre las 6:00 pm hasta las 6:00 am del día siguiente.
En aras de conservar la seguridad y convivencia, al tiempo evitar posibles escenarios de riesgos con consecuencias mortales, el decreto 000227 prohíbe que cualquier persona pueda bañarse en el Balneario Hurtado del Río Guatapurí desde el 26 hasta el 30 de abril de 2017, en el horario comprendido entre las 6:00 pm hasta las 6:00 am del día siguiente.
De igual forma, el documento oficial resalta que se impondrán multas equivalentes a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes a toda persona que viole la anterior disposición.
“Hay que tener en cuenta que durante el Festival Vallenato, algunos grupos de personas deciden venir al río a altas horas de la noche y en avanzado estado de ebriedad. En el pasado hemos tenido episodios en los que lamentablemente se han perdido vidas por venir a nadar al río en estado de embriaguez y no queremos que este año se den situaciones así. El procedimiento verbal abreviado de que trata el artículo 223 de la ley 1801 será aplicado para hacer más efectivo las multas y sanciones establecidas en el decreto”, expresó Sandra Cujia Mora, Secretaria de Gobierno Municipal.
En aras de conservar la seguridad y convivencia, al tiempo evitar posibles escenarios de riesgos con consecuencias mortales, el decreto 000227 prohíbe que cualquier persona pueda bañarse en el Balneario Hurtado del Río Guatapurí desde el 26 hasta el 30 de abril de 2017, en el horario comprendido entre las 6:00 pm hasta las 6:00 am del día siguiente.
En aras de conservar la seguridad y convivencia, al tiempo evitar posibles escenarios de riesgos con consecuencias mortales, el decreto 000227 prohíbe que cualquier persona pueda bañarse en el Balneario Hurtado del Río Guatapurí desde el 26 hasta el 30 de abril de 2017, en el horario comprendido entre las 6:00 pm hasta las 6:00 am del día siguiente.
De igual forma, el documento oficial resalta que se impondrán multas equivalentes a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes a toda persona que viole la anterior disposición.
“Hay que tener en cuenta que durante el Festival Vallenato, algunos grupos de personas deciden venir al río a altas horas de la noche y en avanzado estado de ebriedad. En el pasado hemos tenido episodios en los que lamentablemente se han perdido vidas por venir a nadar al río en estado de embriaguez y no queremos que este año se den situaciones así. El procedimiento verbal abreviado de que trata el artículo 223 de la ley 1801 será aplicado para hacer más efectivo las multas y sanciones establecidas en el decreto”, expresó Sandra Cujia Mora, Secretaria de Gobierno Municipal.