La Corte Constitucional se excede en poderes y no es holística o integral para debatir la ‘Emergencia Económica’ como política pública de Estado. Fue un enfoque mal dado la Constitución de 1991, mal diseñada, por eso no la bajaba de fiasco Álvaro Gómez Hurtado, y el tiempo le dio la razón, sin ser presidente de la República, al estadista con más pergaminos en Colombia. “Roma locuta, causa finita”, tiene la última palabra la Corte Constitucional en decisiones que en muchos casos comprometen la independencia de poderes.
La carta política politizó las altas cortes y le otorgó funciones electorales para ternar desde magistrados, fiscal y procurador hasta contralor, defensor del pueblo y registrador, entre otros cargos relevantes; a manera de ejemplo, la elección de Carlos Camargo como magistrado de la Corte Constitucional, hoy ponente de la medida cautelar que suspendió provisionalmente la Emergencia Económica.
Camargo, cuya elección está demandada ante el Consejo de Estado, usó como trampolín político la Defensoría del Pueblo, donde repartió prebendas a senadores y magistrados para hacerse elegir miembro de la guardiana de la Constitución, además de nombrar familiares de 9 de los 22 magistrados de la Corte Suprema que lo ternaron a la magistratura, prohibición que es taxativa al tenor del artículo 126 de la Carta Política.
Sin derramamiento de sangre y sin disparar un solo proyectil de fusil, porque Colombia no dispone de misiles, la Corte Constitucional le dio golpe de Estado no solo al Congreso de la República sino a la misma Constitución, al modificarla y sustituirla, a la sazón de reiterados fallos.
Recordemos que a través de la Sentencia C-055 expedida el 21 de febrero de 2022, la Corte Constitucional despenalizó el aborto y se arrogó la competencia única y exclusiva del Congreso de la República de hacer las leyes, interpretarlas y modificarlas.
El exmagistrado y expresidente de la Corte Constitucional, Alfredo Beltrán Sierra, ha argumentado que dicha corporación, hoy con superpoderes, carece de facultad para la suspensión provisional del decreto de ‘Emergencia Económica’. No se tienen antecedentes sobre esta actuación insólita y perjudicial de los magistrados elegidos en el Senado por los partidos políticos que han saboteado en dos ocasiones las leyes de financiamiento.
Una Corte Constitucional que sea plural en su conformación, donde converjan juristas, economistas, ingenieros, sociólogos y profesionales de otras disciplinas, la harían más democrática para aprobar la ‘Emergencia Económica’, un tema que no solo concierne al ámbito jurídico en un contexto de hacienda pública, equilibrio fiscal, deuda externa, cambio climático, transición energética y demás sectores claves para el desarrollo sostenible y sustentable de un país.
De pasar todos los filtros la constituyente que se abre paso y convertirse en ley, quedaría un último arroyito que pasar y es la talanquera de la Corte Constitucional, no siempre en disposición de aprobar la Asamblea Nacional Constituyente, por temor a perder prebendas que le otorgó la Constitución del 91, sumado el revanchismo al suprimírsele a cada magistrado 16 millones de pesos, prima de servicio que derogó mediante decreto el presidente Petro, habida cuenta de que el sueldo de los senadores es igual al de los magistrados de las altas cortes.
La Registraduría Nacional del Estado Civil aprobó oficialmente el comité promotor de la Asamblea Nacional Constituyente, habilitando así el inicio del proceso de recolección de firmas ciudadanas en todo el país. Con esta decisión, se activa el primer paso legal y democrático para que la ciudadanía pueda expresar su respaldo —o no— a la convocatoria de una constituyente que impulse las reformas sociales que hundió el legislativo.
La tutela, considerada uno de los mayores logros de la Constitución del 91, ha perdido fuerza por congestión judicial; la Defensoría del Pueblo, del mismo origen, no tiene dientes, no va más allá de ser un ente burocrático, y para colmo, otra actuación impopular de la Corte Constitucional —ni sombra de lo que fue con Carlos Gaviria y Jaime Araújo Rentería— fue declarar inembargables los bienes de las EPS que acumulan rentabilidad a costa de la salud y la vida de los colombianos.
Por Miguel Aroca Yepes





