Según lo protocolos, deberá ofrecerse servicio en las entidades como mínimo de seis horas diarias, en tanto los mayores de 60 años deben contar con un horario especial.
La Superintendencia Financiera reveló este viernes el protocolo que deben cumplir las entidades bancarias para la atención al público a partir del próximo lunes 18 de mayo. Según lo protocolos, deberá ofrecerse servicio en las entidades como mínimo de seis horas diarias, en tanto los mayores de 60 años deben contar con un horario especial.
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“Los horarios de atención deben ser como mínimo de seis horas diarias y de cuatro horas en caso de que haya atención al público en fin de semana o festivo. Las entidades prestarán sus servicios presenciales en todos los municipios donde cuenten con sucursales“, señala el ente de vigilancia.
1. Las entidades deben fijar horarios de atención prioritaria para los adultos mayores de 60 años y personas con capacidades especiales.
2.Quienes requieran ir a una sucursal física deben hacerlo utulizando tapabocas, mantener el distanciamiento físico con otros clientes. Las entidades deben recordar a los consumidores financieros estas medidas de autocuidado, así como el lavado de manos sobre todo antes y después del uso de dispositivos.
3. También deben establecer mecanismos de atención preferente para el personal médico y sanitario, miembros de las Fuerzas Armadas y de Policía, que les permita realizar sus transacciones con celeridad y eficiencia.
4. Las entidades deben elaborar un análisis diario del flujo de público en sus sucursales para determinar si se hace necesario aumentar el número de horas de atención con el fin evitar aglomeraciones y mejorar la prestación del servicio.
5. Los establecimientos financieros están en la obligación de continuar con las campañas de orientación sobre el uso de canales digitales para la realización de operaciones con el fin de disminuir la afluencia del público en las sucursales.
6. Se debe incrementar la capacidad de atención de los call center y servicios de audio respuesta durante su operación en contingencia, para que el indicador de llamadas atendidas sea como mínimo del 92 por ciento.
Según lo protocolos, deberá ofrecerse servicio en las entidades como mínimo de seis horas diarias, en tanto los mayores de 60 años deben contar con un horario especial.
La Superintendencia Financiera reveló este viernes el protocolo que deben cumplir las entidades bancarias para la atención al público a partir del próximo lunes 18 de mayo. Según lo protocolos, deberá ofrecerse servicio en las entidades como mínimo de seis horas diarias, en tanto los mayores de 60 años deben contar con un horario especial.
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“Los horarios de atención deben ser como mínimo de seis horas diarias y de cuatro horas en caso de que haya atención al público en fin de semana o festivo. Las entidades prestarán sus servicios presenciales en todos los municipios donde cuenten con sucursales“, señala el ente de vigilancia.
1. Las entidades deben fijar horarios de atención prioritaria para los adultos mayores de 60 años y personas con capacidades especiales.
2.Quienes requieran ir a una sucursal física deben hacerlo utulizando tapabocas, mantener el distanciamiento físico con otros clientes. Las entidades deben recordar a los consumidores financieros estas medidas de autocuidado, así como el lavado de manos sobre todo antes y después del uso de dispositivos.
3. También deben establecer mecanismos de atención preferente para el personal médico y sanitario, miembros de las Fuerzas Armadas y de Policía, que les permita realizar sus transacciones con celeridad y eficiencia.
4. Las entidades deben elaborar un análisis diario del flujo de público en sus sucursales para determinar si se hace necesario aumentar el número de horas de atención con el fin evitar aglomeraciones y mejorar la prestación del servicio.
5. Los establecimientos financieros están en la obligación de continuar con las campañas de orientación sobre el uso de canales digitales para la realización de operaciones con el fin de disminuir la afluencia del público en las sucursales.
6. Se debe incrementar la capacidad de atención de los call center y servicios de audio respuesta durante su operación en contingencia, para que el indicador de llamadas atendidas sea como mínimo del 92 por ciento.