Así lo indicó el Consejo Superior de la Judicatura en un reciente informe estadístico que entregó sobre la justicia en el país con periodo de 16 de marzo a 13 de abril.
Durante la emergencia decretada por el Covid-19 en el territorio nacional la administración de justicia en el departamento del Cesar, mediante los jueces de control de garantías, han realizado 149 audiencias de manera virtual.
Así lo indicó el Consejo Superior de la Judicatura en un reciente informe estadístico que entregó sobre la justicia en el país con periodo de 16 de marzo a 13 de abril.
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Según el informe, las seccionales donde más se han realizado audiencias de control de garantías son en Antioquia con 2.253 diligencias, Bogotá con 2.214, Valle del Cauca con 509 y Bolívar con 326.
Mientras que las regiones donde menos se han efectuado son Chocó, sucre, Tolima, Quindío y La Guajira, las cuales han tenido 85, 72, 66,53 y 30 audiencias, respectivamente.
De igual forma, en el departamento del Cesar se han realizado 39 diligencias en los juzgados de ejecución de penas, se han resuelto 16 habeas corpus y resulto 315 tutelas.
Las diligencias programadas o solicitadas como es el caso de las preliminares en control de garantías se realizan mediante distintas aplicaciones digitales, pero las oficiales y recomendadas por el Consejo Superior de la Judicatura son Polycom y RP1 Cloud, las cuales, permiten el servicio de videoconferencia con archivo en la nube.
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Según explicó recientemente, el juez de conocimiento, Andrés Alberto Palencia Fajardo, “esa reunión queda grabada en la nube y en Bogotá tienen un centro de documentación judicial, es decir, el Consejo de la Judicatura graba eso y hace una copia que manda al juez y a las partes”.
Para el juez los percances son a veces técnicos o porque no comparecen todos los sujetos procesales, pero ve con buenos ojos las audiencias virtuales.
Por su parte, el abogado Benjamín Jaimes Quintero manifestó que esas diligencias han sido una buena experiencia.
“Las audiencias virtuales han sido perfectas no se ha tenido que gastar en desplazamiento del personal del Inpec para las personas que están privadas de la libertad o el testigo que está en otra parte, que a veces tiene que generar costos para trasladarse”, manifestó el abogado Jaimes Quintero, quien recientemente estuvo en una audiencia virtual.
Con el fin de darle trámite a la admisión de las demandas que se presentan para control político ciudadano, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió levantar los términos judiciales en algunos casos.
Es decir, la decisión está dirigida a admitir demandas de inconstitucionalidad y la revisión de acciones de tutelas.
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El abogado penalista, Benjamín Jaimes Quintero comunicó que los términos judiciales son aquellos plazos que tienen los actores de los procesos para presentar una acción.
“Son los plazos que establece la ley para tramitar algunas acciones dentro de los procesos, es decir, que por ejemplo si para presentar una acción de reparación directa (medio de control para reparación) hay dos años a partir de la ocurrencia del hecho, esto se debe presentar en ese plazo”, explicó el jurista.
Así lo indicó el Consejo Superior de la Judicatura en un reciente informe estadístico que entregó sobre la justicia en el país con periodo de 16 de marzo a 13 de abril.
Durante la emergencia decretada por el Covid-19 en el territorio nacional la administración de justicia en el departamento del Cesar, mediante los jueces de control de garantías, han realizado 149 audiencias de manera virtual.
Así lo indicó el Consejo Superior de la Judicatura en un reciente informe estadístico que entregó sobre la justicia en el país con periodo de 16 de marzo a 13 de abril.
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Según el informe, las seccionales donde más se han realizado audiencias de control de garantías son en Antioquia con 2.253 diligencias, Bogotá con 2.214, Valle del Cauca con 509 y Bolívar con 326.
Mientras que las regiones donde menos se han efectuado son Chocó, sucre, Tolima, Quindío y La Guajira, las cuales han tenido 85, 72, 66,53 y 30 audiencias, respectivamente.
De igual forma, en el departamento del Cesar se han realizado 39 diligencias en los juzgados de ejecución de penas, se han resuelto 16 habeas corpus y resulto 315 tutelas.
Las diligencias programadas o solicitadas como es el caso de las preliminares en control de garantías se realizan mediante distintas aplicaciones digitales, pero las oficiales y recomendadas por el Consejo Superior de la Judicatura son Polycom y RP1 Cloud, las cuales, permiten el servicio de videoconferencia con archivo en la nube.
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Según explicó recientemente, el juez de conocimiento, Andrés Alberto Palencia Fajardo, “esa reunión queda grabada en la nube y en Bogotá tienen un centro de documentación judicial, es decir, el Consejo de la Judicatura graba eso y hace una copia que manda al juez y a las partes”.
Para el juez los percances son a veces técnicos o porque no comparecen todos los sujetos procesales, pero ve con buenos ojos las audiencias virtuales.
Por su parte, el abogado Benjamín Jaimes Quintero manifestó que esas diligencias han sido una buena experiencia.
“Las audiencias virtuales han sido perfectas no se ha tenido que gastar en desplazamiento del personal del Inpec para las personas que están privadas de la libertad o el testigo que está en otra parte, que a veces tiene que generar costos para trasladarse”, manifestó el abogado Jaimes Quintero, quien recientemente estuvo en una audiencia virtual.
Con el fin de darle trámite a la admisión de las demandas que se presentan para control político ciudadano, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió levantar los términos judiciales en algunos casos.
Es decir, la decisión está dirigida a admitir demandas de inconstitucionalidad y la revisión de acciones de tutelas.
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El abogado penalista, Benjamín Jaimes Quintero comunicó que los términos judiciales son aquellos plazos que tienen los actores de los procesos para presentar una acción.
“Son los plazos que establece la ley para tramitar algunas acciones dentro de los procesos, es decir, que por ejemplo si para presentar una acción de reparación directa (medio de control para reparación) hay dos años a partir de la ocurrencia del hecho, esto se debe presentar en ese plazo”, explicó el jurista.