El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó la suspensión provisional del Decreto 0182 expedido por el Ministerio de Salud, una normativa que buscaba trasladar afiliados de Entidad Promotora de Salud (EPS) sin que medie una decisión individual inmediata. De acuerdo con la redistribución prevista, la mayoría de esos usuarios terminarán en Nueva EPS, la mayor aseguradora del país y del Cesar.
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La decisión del juzgado se da luego de una demanda interpuesta por el ciudadano Víctor Raúl Palacio. En la demanda, Palacio expone que se prevén traslados obligatorios masivos de cerca de 6 millones de usuarios entre EPS, de los cuales 2.600.000 serían trasladados a la Nueva EPS, entidad que está intervenida, y “no cumple las exigencias de capital mínimo ni patrimonio adecuado para operar como EPS, no reporta estados financieros completos y presenta barreras de acceso y aumento considerablemente progresivo de quejas y acciones de tutela por la falta de prestación de los servicios”, se lee en el documento.
Afiliados en el Cesar
Para el departamento del Cesar, la implementación de este decreto dibujaba un panorama de cambios drásticos que hoy quedan congelados. Según evaluaciones previas del propio Ministerio de Salud, reconocidas entidades como Sanitas, Famisanar, Asmetsalud, Coosalud, Mutual Ser y EPS Familiar de Colombia iban a ser declaradas “no autorizadas” para continuar operando en los 25 municipios del departamento, incluyendo Valledupar. En el caso de Capresoca, su salida estaba prevista para ciertos regímenes y municipios específicos.
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El impacto de esta directriz recaía sobre miles de cesarenses que, de la noche a la mañana, iban a perder la posibilidad de elegir su EPS y serían reubicados sin su consentimiento. Toda la carga de afiliados del Cesar iba a ser absorbida exclusivamente por cuatro aseguradoras que sí habían recibido el visto bueno gubernamental: Nueva EPS, Salud Total EPS, Cajacopi EPS y la entidad indígena Dusakawi EPSI.
¿Se harán o no los traslados?
Por el riesgo que rerpesentan los traslados a la Nueva EPS, el Tribunal decretó una medida cautelar de urgencia frente al decreto, al considerar que hay razones suficientes para tomar una medida preventiva mientras se estudia la demanda. Esto no significa que sea la decisión final, solo es una medida provisional para evitar posibles daños mientras se toma una decisión de fondo.
En el documento, el juzgado señaló que “de llegarse a materializar el traslado de un elevado número de usuarios a una única EPS sin verificar su capacidad de atención… podría dar lugar al colapso de la entidad y resultados catastróficos que podrían significar, incluso, afectaciones generalizadas y potencialmente irreparables en la continuidad y oportunidad del servicio”.
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Por su parte, el demandante, en su solicitud, pidió que no se realicen traslados especialmente a la Nueva EPS hasta que está entidad no esté intervenida por el Estado, reporte sus estados financieros a la Superintendencia Nacional de Salud, tenga un porcentaje de quejas igual al que tenía antes de la intervención, entre otras peticiones.







