El Tribunal Administrativo del Cesar dejó en firme la decisión que declara responsable al Hospital Eduardo Arredondo Daza por la muerte de un niño hace 14 años. La sentencia de segunda instancia, emitida el 28 de mayo de 2026 y conocida en primicia por EL PILÓN, ratifica que la institución médica cometió fallas al no diagnosticar ni tratar a tiempo una meningitis bacteriana en agosto de 2012.
En la sentencia, el magistrado relata que los padres llevaron al bebé a la urgencia el 27 de julio con fiebre y supuración en el oído. El personal médico lo envió a casa con analgésicos tras diagnosticar una otitis.
Para el 12 de agosto, el niño regresó al hospital con un estado de salud comprometido. En esta atención se le suministró un medicamento llamado dipirona, el cual está contraindicado en niños menores de un año. Pasaron varias horas para que el personal ordenara su remisión a un centro de mayor complejidad. Cuando ingresó a la Clínica Laura Daniela en horas de la tarde, el paciente presentaba un compromiso neurológico y un choque séptico. A pesar de que el equipo de la clínica inició el tratamiento, el menor falleció el 14 de agosto de 2012. El juzgado absolvió a esta última clínica al determinar que sus profesionales actuaron conforme a los protocolos, pero el niño llegó en una condición que redujo sus probabilidades de supervivencia.






