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Columnista - 31 agosto, 2013

Salario igual para mujeres y hombres

El Código Laboral Colombiano, manifiesta que a un trabajo realizado en un puesto, jornada y condiciones de eficiencia iguales, corresponderá un salario igual y no se tendrán o argumentaran diferencias por el sexo, edad, nacionalidad, raza, religión, opinión, política etc., un principio que no se le da la debida importancia, ya que además de desarrollar un derecho fundamental de nuestra Constitución Política como es el derecho a la Igualdad, su aplicación es nula, casi que letra muerta.

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Por Jairo Franco Salas

El Código Laboral Colombiano, manifiesta que a un trabajo  realizado en un puesto, jornada y condiciones de eficiencia iguales, corresponderá un salario igual y no se tendrán o argumentaran diferencias por el sexo, edad, nacionalidad, raza, religión, opinión, política etc., un principio que  no se le da la debida importancia, ya que además de desarrollar  un derecho fundamental de nuestra Constitución Política como es el derecho  a la Igualdad, su aplicación  es nula, casi que letra muerta.

Determinar el factor de eficiencia, de rendimiento laboral por las empresas a sus trabajadores, sería lo ideal para la Ingeniería Industrial, pero resulta muy subjetivo valorarlo ya que la eficiencia marcada entre empleados, será la razón  para pagar salarios  diferentes. Este asunto es más complejo cuando intervienen factores como la experiencia, formación académica, destreza…

La violencia de género destruye  la igualdad  de derechos. Nuestra Carta Magna indica que la mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades, la mujer no será sometida a ninguna clase de discriminación.

Es importante que se les dé a ellas el papel  que les corresponde. Se ha observado que cuando la proporción de directivos femeninos en una empresa  es mayoría, son  más eficientes. Se deja  entrever  que no solo es un derecho humano, sino  también  una cuestión de eficiencia  económica.

No se discute que  las  mujeres  ganan día a día  espacios en el mundo, especialmente en el laboral, pero sigue notándose  claramente el salario que reciben ellas  en relación  a los hombres.

Así lo expresa  la  Organización  Internacional del Trabajo cuando  indica que reciben un 33% de sueldo mensual menos que los hombres por un trabajo similar e incluso mayor.

Según la O.I.T., Colombia está considerada entre los veinte países  con peores salarios del mundo y solo incluye a los trabajadores que perciben  un salario formal, sin contar  con los trabajadores independientes.

El ingreso al panorama jurídico  de la ley  a igual trabajo igual salario para hombres y mujeres  gestada en el Congreso de la República por el Movimiento  Mira, obliga  a que el empleador  cumpla con el principio  de igualdad de remuneraciones  entre hombres y mujeres que  presten un mismo servicio. Surgen  diferencias discriminatorias  e injustas  que las autoridades  laborales  son las que deben conocer y solucionar la problemática  y hacerlas  cumplir, ese es el espíritu  de esta ley.

El deseo de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, surge en Europa en la Cumbre del Empleo realizada en Luxemburgo en 1997.

Muchas  mujeres calificadas  de diferentes profesiones, son empleadas por empresas argumentando estas  que les dan un sentido de más responsabilidad al trabajo en el cual son ocupadas, pero en cuanto a lo salarial  se quedan cortas, al no mejorarles  el salario.

Por eso el problema de igualdad entre los sexos es la situación de desigualdad de las mujeres  en relación con los hombres. Traducir diferencia  por desigualdad ha sido el mecanismo utilizado, dado que ellas no están constituidas biológicamente  como los varones, se acepta  tranquilamente que no tengan los mismos derechos y mientras tanto  se abusa de ellas.

 

Columnista
31 agosto, 2013

Salario igual para mujeres y hombres

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Jairo Franco Salas

El Código Laboral Colombiano, manifiesta que a un trabajo realizado en un puesto, jornada y condiciones de eficiencia iguales, corresponderá un salario igual y no se tendrán o argumentaran diferencias por el sexo, edad, nacionalidad, raza, religión, opinión, política etc., un principio que no se le da la debida importancia, ya que además de desarrollar un derecho fundamental de nuestra Constitución Política como es el derecho a la Igualdad, su aplicación es nula, casi que letra muerta.


Por Jairo Franco Salas

El Código Laboral Colombiano, manifiesta que a un trabajo  realizado en un puesto, jornada y condiciones de eficiencia iguales, corresponderá un salario igual y no se tendrán o argumentaran diferencias por el sexo, edad, nacionalidad, raza, religión, opinión, política etc., un principio que  no se le da la debida importancia, ya que además de desarrollar  un derecho fundamental de nuestra Constitución Política como es el derecho  a la Igualdad, su aplicación  es nula, casi que letra muerta.

Determinar el factor de eficiencia, de rendimiento laboral por las empresas a sus trabajadores, sería lo ideal para la Ingeniería Industrial, pero resulta muy subjetivo valorarlo ya que la eficiencia marcada entre empleados, será la razón  para pagar salarios  diferentes. Este asunto es más complejo cuando intervienen factores como la experiencia, formación académica, destreza…

La violencia de género destruye  la igualdad  de derechos. Nuestra Carta Magna indica que la mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades, la mujer no será sometida a ninguna clase de discriminación.

Es importante que se les dé a ellas el papel  que les corresponde. Se ha observado que cuando la proporción de directivos femeninos en una empresa  es mayoría, son  más eficientes. Se deja  entrever  que no solo es un derecho humano, sino  también  una cuestión de eficiencia  económica.

No se discute que  las  mujeres  ganan día a día  espacios en el mundo, especialmente en el laboral, pero sigue notándose  claramente el salario que reciben ellas  en relación  a los hombres.

Así lo expresa  la  Organización  Internacional del Trabajo cuando  indica que reciben un 33% de sueldo mensual menos que los hombres por un trabajo similar e incluso mayor.

Según la O.I.T., Colombia está considerada entre los veinte países  con peores salarios del mundo y solo incluye a los trabajadores que perciben  un salario formal, sin contar  con los trabajadores independientes.

El ingreso al panorama jurídico  de la ley  a igual trabajo igual salario para hombres y mujeres  gestada en el Congreso de la República por el Movimiento  Mira, obliga  a que el empleador  cumpla con el principio  de igualdad de remuneraciones  entre hombres y mujeres que  presten un mismo servicio. Surgen  diferencias discriminatorias  e injustas  que las autoridades  laborales  son las que deben conocer y solucionar la problemática  y hacerlas  cumplir, ese es el espíritu  de esta ley.

El deseo de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, surge en Europa en la Cumbre del Empleo realizada en Luxemburgo en 1997.

Muchas  mujeres calificadas  de diferentes profesiones, son empleadas por empresas argumentando estas  que les dan un sentido de más responsabilidad al trabajo en el cual son ocupadas, pero en cuanto a lo salarial  se quedan cortas, al no mejorarles  el salario.

Por eso el problema de igualdad entre los sexos es la situación de desigualdad de las mujeres  en relación con los hombres. Traducir diferencia  por desigualdad ha sido el mecanismo utilizado, dado que ellas no están constituidas biológicamente  como los varones, se acepta  tranquilamente que no tengan los mismos derechos y mientras tanto  se abusa de ellas.