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Judicial - 29 octubre, 2021

Ratifican orden de captura contra exconcejala de Chiriguaná

La solicitud de suspensión de la misma la había solicitado la defensa, pero el juez no encontró asidero para concederla.

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La exconcejala de Chiriguaná Miguelina Esther Orta Montecristo, condenada a 54 meses de prisión por los delitos de prevaricato por acción en concurso heterogéneo de fraude a resolución judicial, deberá ser capturada por las autoridades para que pague la condena. 

Así lo ratificó el Juzgado Segundo Penal del Circuito con función de Conocimiento luego de dejar en firme la orden de captura emitida en su contra. 

La solicitud de suspensión de la misma la había solicitado la defensa, pero el juez consideró que no se cumplían los requisitos toda vez que la procesada no padece de enfermedad grave.  

“Dictada la sentencia condenatoria sin sustitución de la pena, el juez tiene la obligación de librar captura o disponer la privación de la libertad; a pesar de conocerse la condena no ha sido posible que comparezca a la misma, por tanto no se accede a la suspensión de la orden de captura solicitada por la defensa”, manifestó el togado. 

Orta Montecristo fue sentenciada por elegir de manera irregular al personero municipal para el periodo 2016-2020.  Junto a ella condenaron a Walter García Machado y Alexander Barragán Galvis. Mientras que los otros exconcejales Ernesto Javier López, Jaime Enrique Cadena Muñoz e Iván Antonio Cadena Rivera deberán purgar 48 meses de prisión por el delito de prevaricato por acción.

Según la investigación, los responsables emitieron la resolución 004 del 10 de enero de 2016 para modificar las reglas del concurso en la escogencia del personero local. 

Fue así como de manera arbitraria eligieron como personera a Luzoan Caro Padilla, pese a que el de mayor puntaje en el concurso fue Pedro Miguel Peinado, quien interpuso acciones judiciales que le fueron favorables.

“Groseramente modificaron la lista de elegibles, que había emitido la Universidad de Cundinamarca, estableciendo nuevos y amañados parámetros para ubicar a la doctora Luzoan Caro Padilla en el primer lugar; ese es el acto prevaricador que se les enrostra a los concejales acusados, aunado a la posterior posesión de la ungida con la modificación de la lista”, reza la sentencia. 

Así las cosas, la Fiscalía 5 seccional, representada por Johan Ustáriz Buendía, demostró que los procesados actuaron por fuera del marco legal. No obstante, el fallo pasó a ser revisado en segunda instancia por apelación de la defensa. 

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29 octubre, 2021

Ratifican orden de captura contra exconcejala de Chiriguaná

La solicitud de suspensión de la misma la había solicitado la defensa, pero el juez no encontró asidero para concederla.


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La exconcejala de Chiriguaná Miguelina Esther Orta Montecristo, condenada a 54 meses de prisión por los delitos de prevaricato por acción en concurso heterogéneo de fraude a resolución judicial, deberá ser capturada por las autoridades para que pague la condena. 

Así lo ratificó el Juzgado Segundo Penal del Circuito con función de Conocimiento luego de dejar en firme la orden de captura emitida en su contra. 

La solicitud de suspensión de la misma la había solicitado la defensa, pero el juez consideró que no se cumplían los requisitos toda vez que la procesada no padece de enfermedad grave.  

“Dictada la sentencia condenatoria sin sustitución de la pena, el juez tiene la obligación de librar captura o disponer la privación de la libertad; a pesar de conocerse la condena no ha sido posible que comparezca a la misma, por tanto no se accede a la suspensión de la orden de captura solicitada por la defensa”, manifestó el togado. 

Orta Montecristo fue sentenciada por elegir de manera irregular al personero municipal para el periodo 2016-2020.  Junto a ella condenaron a Walter García Machado y Alexander Barragán Galvis. Mientras que los otros exconcejales Ernesto Javier López, Jaime Enrique Cadena Muñoz e Iván Antonio Cadena Rivera deberán purgar 48 meses de prisión por el delito de prevaricato por acción.

Según la investigación, los responsables emitieron la resolución 004 del 10 de enero de 2016 para modificar las reglas del concurso en la escogencia del personero local. 

Fue así como de manera arbitraria eligieron como personera a Luzoan Caro Padilla, pese a que el de mayor puntaje en el concurso fue Pedro Miguel Peinado, quien interpuso acciones judiciales que le fueron favorables.

“Groseramente modificaron la lista de elegibles, que había emitido la Universidad de Cundinamarca, estableciendo nuevos y amañados parámetros para ubicar a la doctora Luzoan Caro Padilla en el primer lugar; ese es el acto prevaricador que se les enrostra a los concejales acusados, aunado a la posterior posesión de la ungida con la modificación de la lista”, reza la sentencia. 

Así las cosas, la Fiscalía 5 seccional, representada por Johan Ustáriz Buendía, demostró que los procesados actuaron por fuera del marco legal. No obstante, el fallo pasó a ser revisado en segunda instancia por apelación de la defensa.