La sanción fue por irregularidades en la suscripción de un convenio por $365 millones de pesos.
Este lunes, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por 10 años al alcalde de Codazzi, Cesar, Luis Vladimir Peñaloza Fuentes, por presuntas irregularidades en la suscripción de un convenio por $365 millones de pesos.
El Ministerio Publicó indicó que el mandatario vulneró los principios de legalidad y responsabilidad de la contratación estatal y la función administrativa de suscribir el convenio de cooperación N° 30 del 8 de agosto de 2016 con la corporación Coinpoquer para “amparar la implementación, dotación y capacitación para el desarrollo de destrezas motoras, sicomotoras, cognitivas, orientación, ubicación, y espacio de la población de infantes del municipio de Agustín Codazzi”, sin tener en cuenta que el contratista no tenía la idoneidad para ejecutar el objeto del negocio jurídico celebrado.
En fallo de primera instancia, la Procuraduría advirtió que el alcalde de Codazzi, al firmar el convenio, tenía la obligación de acatar los preceptos normativos que le imponían el deber de celebrar el negocio jurídico con una entidad con idoneidad para su ejecución, exigencia sustancial, no formal que el alcalde no podía pasar por alto.
Según la Procuraduría, la entidad sin ánimo de lucro carecía de idoneidad y experiencia que acreditaran la capacidad técnica y administrativa, teniendo en cuenta que tuvo que acudir a la subcontratación para cumplir con las actividades más importantes que se ejecutaban en el convenio.
La Procuraduría calificó la falta del mandatario local como gravísima a título de culpa gravísima. Asimismo, indicó que en la audiencia pública el abogado de ‘Luchito’ Peñaloza presentó recurso de apelación que será resuelto por la Sala Disciplinaria del Ministerio Público.
La sanción fue por irregularidades en la suscripción de un convenio por $365 millones de pesos.
Este lunes, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por 10 años al alcalde de Codazzi, Cesar, Luis Vladimir Peñaloza Fuentes, por presuntas irregularidades en la suscripción de un convenio por $365 millones de pesos.
El Ministerio Publicó indicó que el mandatario vulneró los principios de legalidad y responsabilidad de la contratación estatal y la función administrativa de suscribir el convenio de cooperación N° 30 del 8 de agosto de 2016 con la corporación Coinpoquer para “amparar la implementación, dotación y capacitación para el desarrollo de destrezas motoras, sicomotoras, cognitivas, orientación, ubicación, y espacio de la población de infantes del municipio de Agustín Codazzi”, sin tener en cuenta que el contratista no tenía la idoneidad para ejecutar el objeto del negocio jurídico celebrado.
En fallo de primera instancia, la Procuraduría advirtió que el alcalde de Codazzi, al firmar el convenio, tenía la obligación de acatar los preceptos normativos que le imponían el deber de celebrar el negocio jurídico con una entidad con idoneidad para su ejecución, exigencia sustancial, no formal que el alcalde no podía pasar por alto.
Según la Procuraduría, la entidad sin ánimo de lucro carecía de idoneidad y experiencia que acreditaran la capacidad técnica y administrativa, teniendo en cuenta que tuvo que acudir a la subcontratación para cumplir con las actividades más importantes que se ejecutaban en el convenio.
La Procuraduría calificó la falta del mandatario local como gravísima a título de culpa gravísima. Asimismo, indicó que en la audiencia pública el abogado de ‘Luchito’ Peñaloza presentó recurso de apelación que será resuelto por la Sala Disciplinaria del Ministerio Público.