Que en Colombia se juzgue a un presidente no es ninguna novedad.
Que en Colombia se juzgue a un presidente no es ninguna novedad, pues desde los tiempos de Francisco de Paula Santander, pasando por Marco Fidel Suárez, siguiendo con Gustavo Rojas Pinilla, sin olvidarnos de Ernesto Samper Pizano y el más reciente caso, el del doctor Álvaro Uribe Vélez.
Los motivos por los cuales han llegado a estas instancias van desde acusación por el famoso complot del 25 de septiembre de 1828 para acabar con la vida del Libertador, préstamos personales por afugias económicas al Banco Mercantil Americano, o por abuso de autoridad en un contrabando de ganado, o por la financiación ilícita de la campaña presidencial, o por presunto fraude procesal, delito por el cual se investiga al expresidente Uribe, teniendo como víctima al senador Iván Cepeda Castro; para la fecha en que tuvieron lugar los hechos, Uribe Vélez ostentaba la credencial de senador, luego por mandato de la ley su juez natural es la Corte Suprema de Justicia.
Bajo el supuesto que con la Fiscalía tendría mayores posibilidades de éxito, el expresidente Uribe renuncia a su curul de senador, y el proceso pasa de la Corte Suprema de Justicia a la Fiscalía que lo investiga. Nos detenemos en este punto para explicar que, un investigado es la persona a quien se atribuye la comisión de uno o más delitos, y una vez denunciado en debida forma, da lugar a una averiguación por parte de la autoridad competente.
Ahora bien, al excongresista Uribe Vélez en estos momentos se le tiene como imputado, esto quiere decir que, dentro del expediente existen elementos de prueba, evidencia física e información legalmente obtenida con las que se pudo inferir razonablemente que es autor o partícipe del delito por el cual está siendo investigado. No obstante, se le concedió la libertad condicional, por cuanto no existen motivos para creer que el imputado pueda realizar algún tipo de obstrucción a la justicia, tampoco representa peligro para la sociedad, ni existen razones para creer que el imputado no comparezca al proceso o no cumpla la sentencia.
Por su parte la defensa del Dr. Uribe ha solicitado por dos ocasiones que se declare la preclusión, es decir que se dé por terminado de manera anticipada el proceso, pero las mismas han sido despachadas desfavorablemente. En el entretanto, Colombia sigue a la expectativa ¡Amanecerá y veremos!
Nota de cierre: “Para que no se pueda abusar del poder es preciso que el poder detenga al poder”. Montesquieu. Filósofo y jurista francés (1689-1755). [email protected]
Por: Darío Arregocés Baute
Que en Colombia se juzgue a un presidente no es ninguna novedad.
Que en Colombia se juzgue a un presidente no es ninguna novedad, pues desde los tiempos de Francisco de Paula Santander, pasando por Marco Fidel Suárez, siguiendo con Gustavo Rojas Pinilla, sin olvidarnos de Ernesto Samper Pizano y el más reciente caso, el del doctor Álvaro Uribe Vélez.
Los motivos por los cuales han llegado a estas instancias van desde acusación por el famoso complot del 25 de septiembre de 1828 para acabar con la vida del Libertador, préstamos personales por afugias económicas al Banco Mercantil Americano, o por abuso de autoridad en un contrabando de ganado, o por la financiación ilícita de la campaña presidencial, o por presunto fraude procesal, delito por el cual se investiga al expresidente Uribe, teniendo como víctima al senador Iván Cepeda Castro; para la fecha en que tuvieron lugar los hechos, Uribe Vélez ostentaba la credencial de senador, luego por mandato de la ley su juez natural es la Corte Suprema de Justicia.
Bajo el supuesto que con la Fiscalía tendría mayores posibilidades de éxito, el expresidente Uribe renuncia a su curul de senador, y el proceso pasa de la Corte Suprema de Justicia a la Fiscalía que lo investiga. Nos detenemos en este punto para explicar que, un investigado es la persona a quien se atribuye la comisión de uno o más delitos, y una vez denunciado en debida forma, da lugar a una averiguación por parte de la autoridad competente.
Ahora bien, al excongresista Uribe Vélez en estos momentos se le tiene como imputado, esto quiere decir que, dentro del expediente existen elementos de prueba, evidencia física e información legalmente obtenida con las que se pudo inferir razonablemente que es autor o partícipe del delito por el cual está siendo investigado. No obstante, se le concedió la libertad condicional, por cuanto no existen motivos para creer que el imputado pueda realizar algún tipo de obstrucción a la justicia, tampoco representa peligro para la sociedad, ni existen razones para creer que el imputado no comparezca al proceso o no cumpla la sentencia.
Por su parte la defensa del Dr. Uribe ha solicitado por dos ocasiones que se declare la preclusión, es decir que se dé por terminado de manera anticipada el proceso, pero las mismas han sido despachadas desfavorablemente. En el entretanto, Colombia sigue a la expectativa ¡Amanecerá y veremos!
Nota de cierre: “Para que no se pueda abusar del poder es preciso que el poder detenga al poder”. Montesquieu. Filósofo y jurista francés (1689-1755). [email protected]
Por: Darío Arregocés Baute