COLUMNA

Soplan vientos de inexequibilidad (primera parte)

Es desde todo punto de vista muy lamentable el terremoto de magnitud 7.4 en la escala de Richter, cuyo epicentro se ubicó en San José del Palmar (Chocó) y que afectó, además, todo el Eje Cafetero, dejando a su paso tristeza y desolación.  Muchas familias quedaron a la intemperie, muchas personas fallecidas, otras sufrieron heridas […]

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Es desde todo punto de vista muy lamentable el terremoto de magnitud 7.4 en la escala de Richter, cuyo epicentro se ubicó en San José del Palmar (Chocó) y que afectó, además, todo el Eje Cafetero, dejando a su paso tristeza y desolación. 

Muchas familias quedaron a la intemperie, muchas personas fallecidas, otras sufrieron heridas de consideración, otras son reportadas como desaparecidas, en fin, todo un drama que enluta a Colombia entera. 

Por estos hechos el Gobierno, con la firma de todos sus ministros, tuvo a bien, declarar la Emergencia Económica y Social, mediante el Decreto 1171 de 2026 con la finalidad de agilizar recursos económicos que permitan conjurar de manera pronta la situación de calamidad. El citado decreto será objeto de control para determinar si es o no, conforme al ordenamiento constitucional, y es precisamente este, el tema del cual nos ocuparemos en el día de hoy. 

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