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Solo hay motivos para el pesar y la pena

Ni uno solo de los “documentos” que lista la mayoría como sustento para su posición tiene el carácter de norma jurídica, son apenas opiniones. Además, en el 2006 la Corte ya había abordado todos y cada uno de los aspectos que ahora decide en sentido distinto.

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En una apretada decisión, la Corte Constitucional permitió el aborto libre y sin restricciones hasta la semana 24.

La Corte Constitucional no tenía competencia para decidir. Ya había decidido de fondo sobre el tema, es decir había cosa juzgada. La mayoría de la Corte sostiene que no la había porque “existen documentos internacionales que, a diferencia del año 2006, han propugnado por la despenalización del aborto más allá de las tres causales de la sentencia del 2006”. Tal afirmación no solo no es cierta sino que demuestra, una vez más, la ignorancia profunda de la Corte en materia de derecho internacional. 

Ni uno solo de los “documentos” que lista la mayoría como sustento para su posición tiene el carácter de norma jurídica, son apenas opiniones. Además, en el 2006 la Corte ya había abordado todos y cada uno de los aspectos que ahora decide en sentido distinto.

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