Colpensiones es una entidad estatal creada por la Ley 1151 de 2007 cuya naturaleza jurídica, modificada por el Decreto 4121 de 2011, es de Empresa Industrial y Comercial del Estado (EICE), organizada como entidad financiera de carácter especial. Sus funciones están definidas por la ley, pero básicamente podemos resumir que es la entidad encargada de la administración del Régimen de Prima Media con prestación definida y del programa de Beneficios Económicos Periódicos, conocido como BEPS.
Recientemente se ha generado un gran debate nacional a partir de la declaración hecha por Jaime Dussan, presidente de Colpensiones, en la cual plantea: “Los recursos que tenemos de ahorro los vamos a invertir en lo social, por ejemplo, podríamos pensar que obras de infraestructura anunciadas por el señor presidente como el tren que vamos a llevar desde Buenaventura a Barranquilla, a Soledad, lo podamos hacer obras de infraestructura importantes”. Resulta ser bastante desafortunada esta declaración.
Cuando Dussan dice “los recursos de ahorro que tenemos”, surge la necesidad de precisar que la entidad que él dirige no cuenta con “recursos de ahorro”, pues el régimen administrado por Colpensiones es un sistema de reparto puro, en el cual, los recursos recaudados por vía de cotizaciones de trabajadores y empleadores van a un fondo común de naturaleza pública con el cual se financian las pensiones de los pensionados actuales. Tan cierto es esto que actualmente Colpensiones, aún con muchos años de esfuerzos administrativos, no cuenta con los ingresos suficientes para cumplir con el pago de las pensiones de aproximadamente 1,5 millones de pensionados.




