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Revocatorias de mandatos y la lupa a las elecciones del Congreso

Dicho esto, el panorama actual es distinto. Ahora estamos frente a alcaldes municipales y distritales, con investigaciones preliminares por resolver, con antecedentes y conductas reprochables y frágiles políticas de gobierno y gobernanzas.

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Las décadas de los 80 y 90 registraron exitosos indicadores socioeconómicos y también políticos sensatos para la economía del Cesar y La Guajira. Inevitable expresar esa efervescencia política. En esa época había identidad de partidos, existía el derecho constitucional que ampara al electorado y teníamos dirigentes que mostraron, a través de sus oratorias públicas, la sensatez y el picantico social ante las necesidades básicas de la gente. Ellos respondieron al clamor de un pueblo.  

Dicho esto, el panorama actual es distinto. Ahora estamos frente a alcaldes municipales y distritales, con investigaciones preliminares por resolver, con antecedentes y conductas reprochables y frágiles políticas de gobierno y gobernanzas. El país vive la época de las administraciones caracterizadas por la corrupción y el telón del proselitismo.  

La revocatoria del mandato está regulada en la Ley 134 de 1994 y en algunas disposiciones de la Ley 741 de 2002, y dispone “(…) La revocatoria del mandato es un derecho político propio de las democracias participativas, y a la vez, un mecanismo de control político en la cual un número determinado de ciudadanos vota para dar por terminado el mandato de un gobernante, antes de que finalice su periodo institucional. 

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