Por: Nurys Pardo Conrado
En un fallo histórico la Honorable Corte Constitucional en cumplimiento de su deber misional de guardián de la Carta, determinó que para garantizar los principios constitucionales de equidad y solidaridad, había que ponerle un techo a las pensiones de jubilación.
Así todas aquellas pensiones que superan los veinticinco salarios mínimos legales mensuales vigentes deben ser re-liquidadas a partir del primero de julio de la presente anualidad, no obstante lo anterior, quienes superen dicho valor no van a devolver dinero al fisco nacional.




