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Las “cortesías comerciales” tienen garantía

Cuando se debatía en el Congreso de la República la nueva ley del consumidor, en alguno de los proyectos decía que los bienes o servicios que se obsequian para hacer más atractiva la venta de un producto están amparados por la garantía que da el productor de tales cosas, y que con él debe responder solidariamente quien los obsequia.

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Por Rodrigo Bueno

Cuando se debatía en el Congreso de la República la nueva ley del consumidor, en alguno de los  proyectos decía que los bienes o servicios que se obsequian  para hacer más atractiva la venta de un producto están amparados por la garantía que da el  productor de tales cosas,  y que con él debe responder solidariamente quien los obsequia. 

Esa precisión no quedó en la ley del consumidor, y ahí viene la pregunta: ¿será  que quien regala esos bienes o servicios con fines promocionales no está obligado a responder por la garantía que da el fabricante o importador  de lo que se  obsequia?

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