Por Dario Arregocés
La Carta Política establece que se conforma una familia, a través del vínculo jurídico, esto es el matrimonio, y por medio del vínculo natural, esto es la unión marital de hecho.
En lo posible la Ley ha tratado de equipararlas, al punto de establecer que lo que proceda para una, también aplique para la otra. Es así como se existen las capitulaciones matrimoniales y las capitulaciones maritales. Igual sucede con la validez de la venta de bienes entre cónyuges y compañeros permanentes.




