Por: Darío Arregocés
La Ley 975/2005 conocida como: Justicia y Paz, cuyo objeto fue la reincorporación individual y colectiva de miembros al margen de la ley a la vida civil, garantizando los derechos a las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, cumple ocho años de su aprobación tiempo suficiente para mirar sus resultados.
En publicación de fecha 11 de Octubre de 2005, quien esto escribe manifestó premonitoriamente en su habitual columna: “La reparación a las víctimas es otro de los aspectos polémicos, pues se pretende la reparación a los daños a la víctima, causados por dichos grupos (victimarios), sin que sea necesaria la aprehensión, procesamiento o condena del autor de la conducta(s) lesiva(s), como lo contempla el Artículo 5º”. “Consideramos que esta norma soslaya el derecho de todo ciudadano de acceder a la justicia y obtener de ella, la declaratoria de responsabilidad penal en virtud de la cual se identifique, procese, y si es del caso condene al autor del delito y se determine en la misma sentencia la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, con la conducta punible”.





