COLUMNA

La ley versus la moral

A partir de una declaración de la esposa de un candidato presidencial, Darío Arregocés Baute reflexiona sobre las diferencias entre lo legal y lo moral, analizando las implicaciones éticas de una eventual renuncia a la curul que otorga el Estatuto de la Oposición al segundo lugar en las elecciones presidenciales

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La esposa del abogado y candidato a la presidencia por la extrema derecha, en entrevista concedida a la prensa manifestó textualmente: “Si perdemos, no pasa nada, tenemos una vida resuelta, vivimos maravilloso, trabajamos juntos, nuestros hijos, estamos en otro país, si queremos vamos a Colombia…”.

La anterior declaración ofrece los insumos necesarios para hacer esta columna, donde nos planteamos la pregunta: ¿qué pasaría si el candidato que ocupe el segundo lugar en la votación del próximo 21 de junio, no acepte la curul como senador, y no toma posesión de su cargo el 20 de julio de 2026, fecha en la que se instala el Congreso? Para contestar lo anterior tenemos que irnos al Estatuto de la Oposición Ley 1909 de 2018.

Allí se establece que los candidatos (presidente y vicepresidente) que obtienen la segunda votación en las elecciones tendrán derecho a ocupar una curul en el Senado y en la Cámara de Representantes, pero si renuncian a ella, o no se posesionan, se pierde dicha curul, es decir no habrá manera de reemplazarlos. Así las cosas, y siguiendo con lo expresado en la entrevista, no habría ningún inconveniente de tipo legal que le impida, al candidato y su esposa, empacar su equipaje y marcharse al extranjero.

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