El derecho superior al debido proceso es susceptible de la correcta notificación en las decisiones judiciales con “sentencia completa” a través del correo electrónico.
La semana pasada la presidente de la comisión, oportunamente advirtió que “a partir de ahora es necesario adjuntar la sentencia completa correspondiente para que exista debida notificación”. Considero que el asombro es más para una minoría de colegas ante aquellos que administran justicia.
Por consiguiente, esta aclaración se produce después que “un juez no realizara correctamente el proceso de notificación de un fallo, ya que informó a los implicados en el caso por medio de un correo electrónico en el que no adjuntó la sentencia completa, sino solo la parte resolutiva de esta, lo que anuló el principio de legalidad del caso”.




