En materia penal estar sometido de manera extensa al proceso siendo inocente es una injusticia. Sucede algo similar cuando se tiene al responsable sin que el proceso penal finalice con prontitud; la víctima de la conducta punible no ve, más allá de observar en la página de Fiscalía su denuncia “activa”, que avance la investigación judicial, o, incluso, se adelantan las indagaciones por acciones u omisiones punibles consumadas sin la vinculación de autores y/o participes titulares de esa responsabilidad. Todos esos escenarios son propios de la morosidad judicial, los cuales riñen con ese derecho fundamental de acceder a la Administración de justicia con eficacia.
Pero, ¿por qué la justicia penal en Colombia es lenta? Resulta menester señalar que los términos son importantes para lograr el respeto de los derechos fundamentales de las personas que intervienen en el proceso penal y, así mismo, lograr una eficaz administración de justicia.
Entonces, es algo apenas lógico que la justicia penal logre los efectos que desean los interesados en el proceso, incluyendo a la sociedad en general que anhela respuestas apropiadas en dirección a su tranquilidad y buen vivir, pronunciándose sin dilaciones y demoras infundadas. Localizamos varios factores que evitan este postulado teleológico, siendo la infalible e indeseable corrupción que, como lo hemos visto esta semana mediante diversos portales de comunicación, permeó y llegó en un momento aciago para la credibilidad del máximo Tribunal de la Justicia penal, a través del funesto “cartel de la toga”. Pero este factor de corrupción resulta transversal, porque no solo se manifiesta cuando el soborno permea la honorabilidad de la toga, pues también extiende sus manos cuando, desde el nivel ejecutivo del poder público, el presupuesto asignado a la rama judicial llega “gota a gota”, o gota y chorro: una gota para la justicia y un chorro para el clientelismo, la burocracia y el peculado.




