Por Carlos Guillermo Ramírez Araújo
El derecho a la igualdad, es la base de toda democracia. En nuestro contexto Constitucional, desde el preámbulo de la ConstituciónPolítica se enuncian sucintamente los fines que persigue; entre ellos se señala la igualdad como pilar fundamental del orden jurídico, es decir, como un principio, cuyo objetivo es garantizar un sistema político, económico, social justo.
Mientras que el artículo 13 de la norma superior, desarrolla la cláusula general de este derecho fundamental, advirtiendo: “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozaran de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.”




