COLUMNA

Ana del Castillo y “Mono” Zabaleta

El interrogante: Del Castillo y/o Zabaleta -y sus organizaciones musicales- al realizar una presentación musical en el establecimiento carcelario La Picota, en Bogotá, ¿subsumen su comportamiento en un delito o falta disciplinaria? o, ¿el punto es de índole moral y no una cuestión de Derecho? Definitivamente no. Conforme los datos fácticos conocidos, tampoco han de […]

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El interrogante: Del Castillo y/o Zabaleta -y sus organizaciones musicales- al realizar una presentación musical en el establecimiento carcelario La Picota, en Bogotá, ¿subsumen su comportamiento en un delito o falta disciplinaria? o, ¿el punto es de índole moral y no una cuestión de Derecho?

Definitivamente no. Conforme los datos fácticos conocidos, tampoco han de responder a ningún título de participación delictual, esto es, frente a ellos no se configura hipótesis alguna de autoría, mediata, inmediata, material, determinadores o cómplices. Posiblemente pueden ser convocados como testigos para que relaten lo que conocieron personal y directamente de una descriptiva irregular situación. Los servidores del INPEC sí que deben responder tanto en sede disciplinaria como penal. También los propios presos. Inaceptable e inexcusable la introducción de tantos elementos prohibidos a una cárcel de condiciones como La Picota. 

Los anteriores hechos ocurrieron en el marco de la celebración del día de la Virgen de Las Mercedes: un evento anual que se conmemora en los establecimientos de reclusión en Colombia, que son sitios convertidos en la degradación del hombre.

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