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Económicas - 29 mayo, 2019

La Dian inició cobro a más de 53 mil contribuyentes

A través de carta los invita a acogerse a los beneficios tributarios para que se pongan al día con sus obligaciones.

A través de cartas, la Dian empezó a cobrar a los contribuyentes.

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A través de cartas, la Dian empezó a cobrar a los contribuyentes. ARCHIVO
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En el desarrollo de las acciones del Plan de Cobro y Fiscalización en el marco de las jornadas ‘Al Día con la Dian’, la entidad convocó a 53.358 contribuyentes morosos que adeudan 1,7 billones de pesos para que cancelen sus compromisos tributarios.

La entidad aseguró que los morosos pueden ponerse al día acogiéndose a los beneficios tributarios determinados por la Ley 1943 de 2018, ofreciéndoles atención especial durante esta semana en las diferentes regionales, entre ellas el Cesar.

Los beneficios le permitirán al contribuyente, declarante, agente retenedor, responsable, deudor solidario, deudor subsidiario o garante, que a 28 de diciembre de 2018 tenga obligaciones fiscales a cargo, pagar el interés bancario corriente, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia, para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, más dos (2) puntos porcentuales.

De igual forma, quienes tengan obligaciones fiscales a cargo que presten mérito ejecutivo, conforme lo establece el artículo 828 del Estatuto Tributario, podrán solicitar ante el área de cobro de la respectiva dirección seccional de la DIAN, la aplicación del principio de favorabilidad en materia sancionatoria.

La reducción de sanciones que establece esta disposición aplicará respecto de todas las sanciones tributarias que fueron reducidas mediante la Ley 1819 de 2016.

Según la Dian también podrán acogerse al beneficio de transacción del valor de la sanción e intereses hasta del 80 % previstos en la ley para la terminación por mutuo acuerdo, todo esto antes del 28 de diciembre de 2018. Esta solicitud de terminación la podrán presentar hasta el 31 de octubre de 2019.

Aquellas personas que hayan presentado demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, antes de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018, se podrán acoger a la conciliación contencioso administrativa en materia tributaria. El plazo para presentar la solicitud es hasta el 30 de septiembre de 2019 y para suscribir el acta de conciliación hasta el 31 de octubre de 2019.

EMBARGOS

A corte del mes de mayo, la Dian ha efectuado embargos a 4.908 contribuyentes que adeudan a la entidad $114 mil millones, además de enviar oficios persuasivos advirtiendo a los contribuyentes, que, de no ponerse al día, se enviarán los correspondientes insumos a la Unidad Penal por el delito de omisión del agente retenedor o recaudador.

En materia de fiscalización, ha realizado acciones de control tributario y aduanero a nivel nacional a contribuyentes de la cadena de producción y comercialización de ganado, mediante la realización de visitas a plantas de beneficio animal y a establecimientos de comercio que producen y expenden productos cárnicos.

Por: SANDRA SANTIAGO B/ EL PILÓN
[email protected]

Económicas
29 mayo, 2019

La Dian inició cobro a más de 53 mil contribuyentes

A través de carta los invita a acogerse a los beneficios tributarios para que se pongan al día con sus obligaciones.


A través de cartas, la Dian empezó a cobrar a los contribuyentes.

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A través de cartas, la Dian empezó a cobrar a los contribuyentes. ARCHIVO
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En el desarrollo de las acciones del Plan de Cobro y Fiscalización en el marco de las jornadas ‘Al Día con la Dian’, la entidad convocó a 53.358 contribuyentes morosos que adeudan 1,7 billones de pesos para que cancelen sus compromisos tributarios.

La entidad aseguró que los morosos pueden ponerse al día acogiéndose a los beneficios tributarios determinados por la Ley 1943 de 2018, ofreciéndoles atención especial durante esta semana en las diferentes regionales, entre ellas el Cesar.

Los beneficios le permitirán al contribuyente, declarante, agente retenedor, responsable, deudor solidario, deudor subsidiario o garante, que a 28 de diciembre de 2018 tenga obligaciones fiscales a cargo, pagar el interés bancario corriente, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia, para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, más dos (2) puntos porcentuales.

De igual forma, quienes tengan obligaciones fiscales a cargo que presten mérito ejecutivo, conforme lo establece el artículo 828 del Estatuto Tributario, podrán solicitar ante el área de cobro de la respectiva dirección seccional de la DIAN, la aplicación del principio de favorabilidad en materia sancionatoria.

La reducción de sanciones que establece esta disposición aplicará respecto de todas las sanciones tributarias que fueron reducidas mediante la Ley 1819 de 2016.

Según la Dian también podrán acogerse al beneficio de transacción del valor de la sanción e intereses hasta del 80 % previstos en la ley para la terminación por mutuo acuerdo, todo esto antes del 28 de diciembre de 2018. Esta solicitud de terminación la podrán presentar hasta el 31 de octubre de 2019.

Aquellas personas que hayan presentado demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, antes de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018, se podrán acoger a la conciliación contencioso administrativa en materia tributaria. El plazo para presentar la solicitud es hasta el 30 de septiembre de 2019 y para suscribir el acta de conciliación hasta el 31 de octubre de 2019.

EMBARGOS

A corte del mes de mayo, la Dian ha efectuado embargos a 4.908 contribuyentes que adeudan a la entidad $114 mil millones, además de enviar oficios persuasivos advirtiendo a los contribuyentes, que, de no ponerse al día, se enviarán los correspondientes insumos a la Unidad Penal por el delito de omisión del agente retenedor o recaudador.

En materia de fiscalización, ha realizado acciones de control tributario y aduanero a nivel nacional a contribuyentes de la cadena de producción y comercialización de ganado, mediante la realización de visitas a plantas de beneficio animal y a establecimientos de comercio que producen y expenden productos cárnicos.

Por: SANDRA SANTIAGO B/ EL PILÓN
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