Si actualmente vive en arriendo en Valledupar, es importante que conozca cuánto le pueden aumentar legalmente el canon de arrendamiento en 2026, para evitar cobros indebidos o abusos por parte de algunos propietarios.
El aumento del arriendo de vivienda en Colombia está regulado por la Ley 820 de 2003, la cual establece que el ajuste anual solo puede hacerse con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior. Es decir, no depende del aumento salarial ni de acuerdos arbitrarios, sino exclusivamente de la inflación certificada.
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Para el año 2026, el DANE informó que el IPC cerró en 5,3%, porcentaje que será el máximo permitido para el incremento del canon de arrendamiento. Este ajuste solo puede aplicarse una vez se cumpla un año de ejecución del contrato y debe ser notificado por escrito al arrendatario.
Además, la ley establece que el valor del canon de arrendamiento no puede superar el 1% del valor comercial del inmueble. Si el propietario excede este límite, estaría incurriendo en una violación a las normas legales vigentes.
Valores promedio de arriendo en Valledupar
El precio del arriendo varía según el tipo de vivienda y la zona:
Aparta estudio
Estrato socioeconómico 1, 2 y 3: $500.000 – $850.000
Estrato socioeconómico 4, 5 y 6: $1.000.000 – $1.600.000
Apartamento (2–3 habitaciones)
Estrato socioeconómico 1, 2 y 3: $850.000 – $1.300.000
Estrato socioeconómico 4, 5 y 6: $1.700.000 – $3.500.000
Casa
Estrato socioeconómico 1, 2 y 3: $1.000.000 – $1.800.000
Estrato socioeconómico 4, 5 y 6: $2.500.000 – $5.500.000 o más
Conjunto cerrado (con administración incluida)
Estrato 3 y 4: Entre $1.800.000 y $2.200.000
Así quedarían algunos arriendos en 2026 con el aumento del 5,3%
- $500.000 → $526.000
- $850.000 → $895.050
- $1.000.000 → $1.053.000
- $1.300.000 → $1.368.900
- $1.800.000 → $1.895.400
- $2.200.000 → $2.316.600
- $2.500.000 → $2.632.500
- $3.500.000 → $3.685.500
- $5.500.000 → $5.791.500
Antes de aceptar cualquier aumento, verifique la fecha de inicio de su contrato, el porcentaje aplicado y que la notificación haya sido realizada correctamente. Si el incremento supera el 5,3%, puede solicitar una revisión, ya que estaría por fuera de lo permitido por la ley.












