Esta cuestión no pierde actualidad. La institución familiar, que es superior a cualesquiera ideologías. Considerada como la célula fundamental de la sociedad. Constituida por un hombre y una mujer, y uno de cuyos fines es la reproducción. Ojo, esta finalidad es compartida con el orden animal irracional. Quiere decir que es una institución natural, reglada […]
Esta cuestión no pierde actualidad. La institución familiar, que es superior a cualesquiera ideologías. Considerada como la célula fundamental de la sociedad. Constituida por un hombre y una mujer, y uno de cuyos fines es la reproducción. Ojo, esta finalidad es compartida con el orden animal irracional.
Quiere decir que es una institución natural, reglada por las jerarquías eclesiásticas religiosas, en tratándose de matrimonio de sus respectivos fieles, y por el Estado Civil en general, cuyas normas nunca deberían contrariar la originalidad natural.
Dicha comunidad está consagrada en la Constitución colombiana de 1991. Pero de un tiempo hacia acá la Corte Constitucional, guardiana de ese orden jurídico superior, sin embargo ha “legislado” que la familia y el matrimonio pueden ser constituidos y celebrados por personas del mismo sexo, lo cual implica un esfuerzo racional y jurisprudencial difícil de entender y aceptar.
Así, la Corte ha desconocido abiertamente lo que le es mandado guardar, optando por “legislar” a favor de las excepciones sociales. La brújula que pone sobre la bitácora es su doctrina el “libre desarrollo de la personalidad”, de aviesas consecuencias en varios asuntos sociales.
De tal guisa, la Corte ha venido sembrando en el País un semillero de “modernos valores”. Aunque para ser justos, habrá que decir que tal actitud corresponde a los magistrados que hacen la mayoría decisoria salvando su voto del holocausto de los valores clásicos, los magistrados que conforman la minoría.
Afortunadamente, para que quede constancia de esta posición, tales magistrados apuestan por el comportamiento correcto e instintivo que asegura el desarrollo y reproducción de la especie. Son consecuentes con los roles sociales de los respectivos géneros, masculino y femenino. El rol social es un concepto sociológico adaptativo que hace referencia a las pautas de conducta que la sociedad propone y espera de un individuo, de la sociedad, en una situación determinada. Cada rol tiene la función de separar lo que es y representa, de su opuesto.
El hombre y la mujer gozan del derecho de una igualdad radical, pero se diferencian en las funciones básicas de cada género. Entre otras, valga la siguiente sencilla anotación para poner de presente la manera como la mujer prepara su rol reproductivo. Con sus atractivos físicos naturales o afeites produce la espontanea atracción del hombre. El instinto natural la dota de ciertas actitudes y aptitudes, no siempre conscientes, de manera que cumpla con el papel de ser el ser primario de la reproducción, preparando su matriz, al paso que el concurso del hombre es sólo instantáneo, por así decirlo.
El criterio triunfante de la Corte mayoritaria es más bien propio de la doctrina atea, teórica o práctica, la cual debe ser considerada, por su letalidad, en tantas cuestiones sociales, entre los problemas más graves de esta época.
El ateísmo además de injusto con la verdad, es reduccionista porque limita las necesidades y deseos del hombre al espacio y al tiempo. Es un humanismo de alas cortas pues considera al hombre un fin en sí mismo, dueño absoluto de su propia historia. Por tanto, él puede hacer todo cuanto quiera, incluso independientemente del orden moral natural. Sus prácticas son inconvenientes para la sociedad humana.
NOTA: si visitas a Pueblo Bello notarás que allí tu mente piensa mejor
Esta cuestión no pierde actualidad. La institución familiar, que es superior a cualesquiera ideologías. Considerada como la célula fundamental de la sociedad. Constituida por un hombre y una mujer, y uno de cuyos fines es la reproducción. Ojo, esta finalidad es compartida con el orden animal irracional. Quiere decir que es una institución natural, reglada […]
Esta cuestión no pierde actualidad. La institución familiar, que es superior a cualesquiera ideologías. Considerada como la célula fundamental de la sociedad. Constituida por un hombre y una mujer, y uno de cuyos fines es la reproducción. Ojo, esta finalidad es compartida con el orden animal irracional.
Quiere decir que es una institución natural, reglada por las jerarquías eclesiásticas religiosas, en tratándose de matrimonio de sus respectivos fieles, y por el Estado Civil en general, cuyas normas nunca deberían contrariar la originalidad natural.
Dicha comunidad está consagrada en la Constitución colombiana de 1991. Pero de un tiempo hacia acá la Corte Constitucional, guardiana de ese orden jurídico superior, sin embargo ha “legislado” que la familia y el matrimonio pueden ser constituidos y celebrados por personas del mismo sexo, lo cual implica un esfuerzo racional y jurisprudencial difícil de entender y aceptar.
Así, la Corte ha desconocido abiertamente lo que le es mandado guardar, optando por “legislar” a favor de las excepciones sociales. La brújula que pone sobre la bitácora es su doctrina el “libre desarrollo de la personalidad”, de aviesas consecuencias en varios asuntos sociales.
De tal guisa, la Corte ha venido sembrando en el País un semillero de “modernos valores”. Aunque para ser justos, habrá que decir que tal actitud corresponde a los magistrados que hacen la mayoría decisoria salvando su voto del holocausto de los valores clásicos, los magistrados que conforman la minoría.
Afortunadamente, para que quede constancia de esta posición, tales magistrados apuestan por el comportamiento correcto e instintivo que asegura el desarrollo y reproducción de la especie. Son consecuentes con los roles sociales de los respectivos géneros, masculino y femenino. El rol social es un concepto sociológico adaptativo que hace referencia a las pautas de conducta que la sociedad propone y espera de un individuo, de la sociedad, en una situación determinada. Cada rol tiene la función de separar lo que es y representa, de su opuesto.
El hombre y la mujer gozan del derecho de una igualdad radical, pero se diferencian en las funciones básicas de cada género. Entre otras, valga la siguiente sencilla anotación para poner de presente la manera como la mujer prepara su rol reproductivo. Con sus atractivos físicos naturales o afeites produce la espontanea atracción del hombre. El instinto natural la dota de ciertas actitudes y aptitudes, no siempre conscientes, de manera que cumpla con el papel de ser el ser primario de la reproducción, preparando su matriz, al paso que el concurso del hombre es sólo instantáneo, por así decirlo.
El criterio triunfante de la Corte mayoritaria es más bien propio de la doctrina atea, teórica o práctica, la cual debe ser considerada, por su letalidad, en tantas cuestiones sociales, entre los problemas más graves de esta época.
El ateísmo además de injusto con la verdad, es reduccionista porque limita las necesidades y deseos del hombre al espacio y al tiempo. Es un humanismo de alas cortas pues considera al hombre un fin en sí mismo, dueño absoluto de su propia historia. Por tanto, él puede hacer todo cuanto quiera, incluso independientemente del orden moral natural. Sus prácticas son inconvenientes para la sociedad humana.
NOTA: si visitas a Pueblo Bello notarás que allí tu mente piensa mejor