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Informe - 8 junio, 2019

En Valledupar acatan, pero no comparten el fallo de la Corte

La discusión entre la libertad individual y las prohibiciones de la ley reabre el debate sobre el consumo de bebidas y sustancias en espacios públicos. A pesar de esto, las autoridades aseguran que no cambiará la lucha en contra de los expendores de drogas ílictas.

La decisión de la Corte seguramente tendrá consecuencias sobre el decreto que posibilita el decomiso de la dosis mínima.  

Foto: Joaquín Ramírez
La decisión de la Corte seguramente tendrá consecuencias sobre el decreto que posibilita el decomiso de la dosis mínima. Foto: Joaquín Ramírez
Boton Wpp

Con la decisión de la Corte Constitucional de declarar inexequible la prohibición de consumir sustancias alcohólicas o psicoactivas en espacios públicos, se reabre el debate sobre las atribuciones de la Policía Nacional en el decomiso y sanción de quienes realicen estas prácticas en lugares públicos.

En palabras llanas, la determinación de la Corte permite el consumo de drogas y bebidas alcohólicas en lugares públicos como parques, condicionando la intervención de la Policía hasta el momento que se altere el orden.

“El legislador viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad al prohibir de forma general, so pena de medida de sanción de la policía por el consumo de bebidas alcohólicas y psicoactivas en espacios públicos, lugares abiertos al público como forma de proteger la tranquilidad y las relaciones respetuosas”, señaló la magistrada Diana Fajardo.

En las calles las opiniones se dividen. En medio del complejo debate, está la libertad individual. “Apoyo la decisión y es por el libre desarrollo de la personalidad. Hay muchos bombardeos con el tema de las drogas. El alcohol es una droga también y muchas personas los separan, el alcohol es una droga aceptable. Pero como tal la persona tiene el derecho de decidir qué quiere ingerir sobre su cuerpo, porque su cuerpo es lo que lo separa del mundo”, señaló Andrés Felipe Medina, quien es consumidor regular de marihuana.

En el artículo 33 de la Ley 1801 de 2016 por la cual se reglamentó el Código de Policía se estableció que el consumir sustancias alcohólicas, psicoactivas o prohibidas, no autorizados para su consumo afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas y por lo tanto no deben efectuarse. La Corte encontró que tal prohibición del Código no es razonable constitucionalmente.

Siguiendo con el argumento de la autoridad constitucional, a pesar de que la prohibición busca un fin imperioso que es la tranquilidad y las relaciones respetuosas, lo hace a través de un medio que impide alcanzar dicho fin por no considerarlo idóneo.
Y es que la Corte argumenta que el consumo, en su naturaleza, no representa un riesgo que se afecte el cuidado y protección del espacio público.

Argumento contrario al de Miguel Gutiérrez, quien va más allá de la protección del orden. “No es una decisión correcta. Es que como padre no me gustaría que mi hijo se diera cuenta de esas cosas, de cómo beben, ellos retienen eso y se normalizan ese tipo de acciones. Llega a un estado que vieron lo que vieron, se refugian en eso”, aseguró Gutiérrez, agregando que “en mi caso voy con mi hijo a un parque y veo personas consumiendo y me regreso, no quiero que mi hijo vea eso”.

Los argumentos de las personas para oponerse a la decisión de la Corte nace en la “experiencia común”. Sin embargo, dentro de los argumentos de los togados para declarar inexequible ese parágrafo, está la falta de soportes probatorios para aplicar la norma.

“No se advierte ni se dan elementos para demostrar que haya una relación el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas y la destrucción o el irrespeto del espacio pública. No demuestra una relación directa y consecuencial en que el consumo genere el daño del espacio”, razonó la autoridad constitucional.

“ES UN RETROCESO”

Sin duda, el fallo hará efecto dominó sobre decretos y políticas públicas creadas posterior a la firma del Código de Policía. En primer caso, aunque no declararon que no tienen competencias para discutir sobre el Decreto 1844 del 2018, señalaron que este tendrá consecuencias sobre el decomiso de las sustancias psicoactivas ilícitas.

Igualmente, impactará en las políticas públicas de las autoridades de espacio público. En ese caso, el secretario de Gobierno de Valledupar, Gonzalo Arzuza, aseguró que la decisión es un retroceso en la lucha contra el microtráfico.

“La administración acata y respeta la decisión de la corte constitucional. Es un retroceso por lo que se ha venido adelantando en la recuperación de estos espacios que antes de la Ley 1801 y el decreto presidencial, estaban siendo usados para el consumo de drogas por muchos muchachos”, aseguró el funcionario.

Sobre la lucha contra el microtráfico, la Corte aseguró que fuera del reglamento existen otros medios de la Policía previstos en el mismo Código para lograr la finalidad de proteger el orden público, “sin que se sacrifique tan intensamente una libertad”.

Las autoridades policiales del departamento y Valledupar están a la espera de la directriz nacional sobre la forma en que se trabajará en el espacio público. Por su lado, el secretario de Gobierno aseguró que se trabajará “con la Policía Nacional para capturar a los que se dedican al expendio”.

El debate recién empieza y urge una resocialización desde las autoridades para evitar choques por confusiones o interpretaciones erradas a las normas que declaró inexequibles la máxima autoridad constitucional.

Por: DEIVIS CARO DAZA / EL PILÓN
[email protected]

Informe
8 junio, 2019

En Valledupar acatan, pero no comparten el fallo de la Corte

La discusión entre la libertad individual y las prohibiciones de la ley reabre el debate sobre el consumo de bebidas y sustancias en espacios públicos. A pesar de esto, las autoridades aseguran que no cambiará la lucha en contra de los expendores de drogas ílictas.


La decisión de la Corte seguramente tendrá consecuencias sobre el decreto que posibilita el decomiso de la dosis mínima.  

Foto: Joaquín Ramírez
La decisión de la Corte seguramente tendrá consecuencias sobre el decreto que posibilita el decomiso de la dosis mínima. Foto: Joaquín Ramírez
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Con la decisión de la Corte Constitucional de declarar inexequible la prohibición de consumir sustancias alcohólicas o psicoactivas en espacios públicos, se reabre el debate sobre las atribuciones de la Policía Nacional en el decomiso y sanción de quienes realicen estas prácticas en lugares públicos.

En palabras llanas, la determinación de la Corte permite el consumo de drogas y bebidas alcohólicas en lugares públicos como parques, condicionando la intervención de la Policía hasta el momento que se altere el orden.

“El legislador viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad al prohibir de forma general, so pena de medida de sanción de la policía por el consumo de bebidas alcohólicas y psicoactivas en espacios públicos, lugares abiertos al público como forma de proteger la tranquilidad y las relaciones respetuosas”, señaló la magistrada Diana Fajardo.

En las calles las opiniones se dividen. En medio del complejo debate, está la libertad individual. “Apoyo la decisión y es por el libre desarrollo de la personalidad. Hay muchos bombardeos con el tema de las drogas. El alcohol es una droga también y muchas personas los separan, el alcohol es una droga aceptable. Pero como tal la persona tiene el derecho de decidir qué quiere ingerir sobre su cuerpo, porque su cuerpo es lo que lo separa del mundo”, señaló Andrés Felipe Medina, quien es consumidor regular de marihuana.

En el artículo 33 de la Ley 1801 de 2016 por la cual se reglamentó el Código de Policía se estableció que el consumir sustancias alcohólicas, psicoactivas o prohibidas, no autorizados para su consumo afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas y por lo tanto no deben efectuarse. La Corte encontró que tal prohibición del Código no es razonable constitucionalmente.

Siguiendo con el argumento de la autoridad constitucional, a pesar de que la prohibición busca un fin imperioso que es la tranquilidad y las relaciones respetuosas, lo hace a través de un medio que impide alcanzar dicho fin por no considerarlo idóneo.
Y es que la Corte argumenta que el consumo, en su naturaleza, no representa un riesgo que se afecte el cuidado y protección del espacio público.

Argumento contrario al de Miguel Gutiérrez, quien va más allá de la protección del orden. “No es una decisión correcta. Es que como padre no me gustaría que mi hijo se diera cuenta de esas cosas, de cómo beben, ellos retienen eso y se normalizan ese tipo de acciones. Llega a un estado que vieron lo que vieron, se refugian en eso”, aseguró Gutiérrez, agregando que “en mi caso voy con mi hijo a un parque y veo personas consumiendo y me regreso, no quiero que mi hijo vea eso”.

Los argumentos de las personas para oponerse a la decisión de la Corte nace en la “experiencia común”. Sin embargo, dentro de los argumentos de los togados para declarar inexequible ese parágrafo, está la falta de soportes probatorios para aplicar la norma.

“No se advierte ni se dan elementos para demostrar que haya una relación el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas y la destrucción o el irrespeto del espacio pública. No demuestra una relación directa y consecuencial en que el consumo genere el daño del espacio”, razonó la autoridad constitucional.

“ES UN RETROCESO”

Sin duda, el fallo hará efecto dominó sobre decretos y políticas públicas creadas posterior a la firma del Código de Policía. En primer caso, aunque no declararon que no tienen competencias para discutir sobre el Decreto 1844 del 2018, señalaron que este tendrá consecuencias sobre el decomiso de las sustancias psicoactivas ilícitas.

Igualmente, impactará en las políticas públicas de las autoridades de espacio público. En ese caso, el secretario de Gobierno de Valledupar, Gonzalo Arzuza, aseguró que la decisión es un retroceso en la lucha contra el microtráfico.

“La administración acata y respeta la decisión de la corte constitucional. Es un retroceso por lo que se ha venido adelantando en la recuperación de estos espacios que antes de la Ley 1801 y el decreto presidencial, estaban siendo usados para el consumo de drogas por muchos muchachos”, aseguró el funcionario.

Sobre la lucha contra el microtráfico, la Corte aseguró que fuera del reglamento existen otros medios de la Policía previstos en el mismo Código para lograr la finalidad de proteger el orden público, “sin que se sacrifique tan intensamente una libertad”.

Las autoridades policiales del departamento y Valledupar están a la espera de la directriz nacional sobre la forma en que se trabajará en el espacio público. Por su lado, el secretario de Gobierno aseguró que se trabajará “con la Policía Nacional para capturar a los que se dedican al expendio”.

El debate recién empieza y urge una resocialización desde las autoridades para evitar choques por confusiones o interpretaciones erradas a las normas que declaró inexequibles la máxima autoridad constitucional.

Por: DEIVIS CARO DAZA / EL PILÓN
[email protected]