La Ley del Plan Nacional de Desarrollo (PND), sancionada por el Presidente de la República Iván Duque en Valledupar, le dedicó un acápite especial al salvamento de ELECTRICARIBE. Además de asumir por parte de la Nación el pasivo pensional, calculado en la suma de $1.2 billones, se tomarán medidas al amparo del PND en procura […]
La Ley del Plan Nacional de Desarrollo (PND), sancionada por el Presidente de la República Iván Duque en Valledupar, le dedicó un acápite especial al salvamento de ELECTRICARIBE. Además de asumir por parte de la Nación el pasivo pensional, calculado en la suma de $1.2 billones, se tomarán medidas al amparo del PND en procura de inyectarle recursos al Fondo empresarial de la Superintendencia de Servicios públicos, convirtiéndolo en una especie de FOGAFIN, para el salvamento de las empresas prestadoras de servicios públicos en estado critico, entre ellas una sobretasa de $4 por KWH hasta el 31 de diciembre de 2022, que deberán pagar los estratos 4, 5 y 6. Por esta vía se recaudarían $180.000 millones anuales, aproximadamente.
Adicionalmente, se flexibiliza la norma regulatoria que limita al 25% de dominio del mercado de distribución o comercialización por parte de las empresas operadoras, elevando dicho porcentaje hasta el 35%, lo cual no deja de ser riesgoso. Precisamemnte en la Ley eléctrica, para evitar abusos de posición dominante en el mercado eléctrico, se estableció la restricción que ahora se remueve y también se determinó la prohibición de la integración vertical, que también se deja ahora sin efecto. Está por determinarse las consecuencias que se pueden derivar de esta decisión que se tomó en volandas sin reparar en ellas.
La propuesta más atrevida y por ello la que muy seguramente va a despertar mayor rechazo es la que plantea autorizar “al gobierno nacional para establecer un régimen transitorio especial en materia tarifaria para Electrificadora del Caribe o las empresas derivadas…que se constituyan en el marco del proceso de toma de posesión de esta sociedad. Este régimen regulatorio especial deberá establecer que la variación en las tarifas para esta región sea al menos igual a la variación porcentual de tarifas del promedio nacional.
Dicho de otra manera, como se infiere del artículo 289 del PND “con el fin de asegurar la prestación eficiente y sostenible del servicio público de distribución y comercialización de electricidad en la Costa Caribe” se vendrán alzas en las tarifas, para nivelarlas, pero por lo alto, con las del resto del país. Y, de contera, preocupa sobremanera que este cambio planteado en la estructura tarifaria para el cual se está facultando al gobierno nacional, quien expedirá “un régimen regulatorio especial” exclusivo para ELECTRICARIBE, podría llegar a debilitar la defensa del Estado en su querella con Gas Natural Fenosa, hoy Naturgy, ante el Tribunal de las Naciones Unidas.
Ello podría, en cambio, fortalecer a la contraparte, puesto que entre sus alegatos ha aducido que el esquema tarifario vigente al momento de la intervención por parte de la Superintendencia tornaba inviable la operación. Al introducir estos cambios en la regulación “con el fin de asegurar la prestación eficiente y sostenible del servicio público de distribución y comercialización de electricidad en la Costa Caribe” se le estaría dando la razón. Bogotá, junio 8 de 2019 www.amylkaracosta. net
La Ley del Plan Nacional de Desarrollo (PND), sancionada por el Presidente de la República Iván Duque en Valledupar, le dedicó un acápite especial al salvamento de ELECTRICARIBE. Además de asumir por parte de la Nación el pasivo pensional, calculado en la suma de $1.2 billones, se tomarán medidas al amparo del PND en procura […]
La Ley del Plan Nacional de Desarrollo (PND), sancionada por el Presidente de la República Iván Duque en Valledupar, le dedicó un acápite especial al salvamento de ELECTRICARIBE. Además de asumir por parte de la Nación el pasivo pensional, calculado en la suma de $1.2 billones, se tomarán medidas al amparo del PND en procura de inyectarle recursos al Fondo empresarial de la Superintendencia de Servicios públicos, convirtiéndolo en una especie de FOGAFIN, para el salvamento de las empresas prestadoras de servicios públicos en estado critico, entre ellas una sobretasa de $4 por KWH hasta el 31 de diciembre de 2022, que deberán pagar los estratos 4, 5 y 6. Por esta vía se recaudarían $180.000 millones anuales, aproximadamente.
Adicionalmente, se flexibiliza la norma regulatoria que limita al 25% de dominio del mercado de distribución o comercialización por parte de las empresas operadoras, elevando dicho porcentaje hasta el 35%, lo cual no deja de ser riesgoso. Precisamemnte en la Ley eléctrica, para evitar abusos de posición dominante en el mercado eléctrico, se estableció la restricción que ahora se remueve y también se determinó la prohibición de la integración vertical, que también se deja ahora sin efecto. Está por determinarse las consecuencias que se pueden derivar de esta decisión que se tomó en volandas sin reparar en ellas.
La propuesta más atrevida y por ello la que muy seguramente va a despertar mayor rechazo es la que plantea autorizar “al gobierno nacional para establecer un régimen transitorio especial en materia tarifaria para Electrificadora del Caribe o las empresas derivadas…que se constituyan en el marco del proceso de toma de posesión de esta sociedad. Este régimen regulatorio especial deberá establecer que la variación en las tarifas para esta región sea al menos igual a la variación porcentual de tarifas del promedio nacional.
Dicho de otra manera, como se infiere del artículo 289 del PND “con el fin de asegurar la prestación eficiente y sostenible del servicio público de distribución y comercialización de electricidad en la Costa Caribe” se vendrán alzas en las tarifas, para nivelarlas, pero por lo alto, con las del resto del país. Y, de contera, preocupa sobremanera que este cambio planteado en la estructura tarifaria para el cual se está facultando al gobierno nacional, quien expedirá “un régimen regulatorio especial” exclusivo para ELECTRICARIBE, podría llegar a debilitar la defensa del Estado en su querella con Gas Natural Fenosa, hoy Naturgy, ante el Tribunal de las Naciones Unidas.
Ello podría, en cambio, fortalecer a la contraparte, puesto que entre sus alegatos ha aducido que el esquema tarifario vigente al momento de la intervención por parte de la Superintendencia tornaba inviable la operación. Al introducir estos cambios en la regulación “con el fin de asegurar la prestación eficiente y sostenible del servicio público de distribución y comercialización de electricidad en la Costa Caribe” se le estaría dando la razón. Bogotá, junio 8 de 2019 www.amylkaracosta. net