Jaison Penso Molina, representante legal de la Unión Temporal Alumbrado Público de Iluminación, actual concesionario del alumbrado público de Valledupar, dialogó con EL PILÓN sobre la operación de la concesión.
El contrato se firmó el 3 de marzo de 1997 y el acta de inicio data del 16 de abril del mismo año, es decir, en la actualidad tenemos poco más de 24 años y 6 meses al servicio de los vallenatos. Este contrato finaliza el 16 de abril del próximo año.
Este contrato comenzó con 12.222 luminarias y hoy tenemos 36.200, es decir en 24 años hemos tenido un crecimiento del 200 %, casi un crecimiento anual del 9 %. Es de aclarar que nosotros hemos instalado 18 mil y el restante han sido proyectos de la Gobernación y de los urbanizadores.
El alumbrado público es un servicio no domiciliario. Este impuesto tiene más de un siglo de existencia y posee una destinación específica: se paga la energía que consumen las luminarias, la operación y mantenimiento del sistema, la interventoría de los contratos y las expansiones del servicio, según la capacidad económica del municipio.
Este impuesto está regulado por acuerdos del Concejo Municipal de Valledupar. El primero data de 1999, en el que se indica el impuesto del 10 % para el uso residencial de la energía en los estratos del 1 al 6 y con unos topes mínimos para cada uno de estos; asimismo el 14 % para el uso no residencial, es decir, el uso comercial, industrial, oficial y provisional.
Son responsabilidad del municipio. Cuando el contrato de concesión se firmó en el año 1997, el marco regulatorio vigente era la Resolución 043 de 1995, expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas. En el artículo segundo de dicha resolución se estableció que corresponde al municipio la responsabilidad de la operación y mantenimiento del servicio según su capacidad económica.
Acto seguido indica que también le corresponde la expansión, sin perjuicio de las obligaciones que en materia urbanística le corresponden a quienes acometen proyectos de desarrollo urbano. La resolución nombrada fue derogada por la 123 del 2011, sin embargo mantuvo el mismo esquema.
El contrato dice: “Contrato para la operación y mantenimiento del servicio de alumbrado”. Esto como objeto principal; como objetivo derivado, es decir, cuando se dan excedentes en el recaudo de alumbrado público, nos corresponde hacer las expansiones que el alcalde autorice.
Sí. Nosotros a esta administración le propusimos rehabilitar la ciclo ruta que va de la avenida Los Militares, da la vuelta a la glorieta del Obelisco y llega a la sede Sabana de la Universidad Popular del Cesar, sin embargo no apoyó la idea, tampoco está obligado a hacerlo.
Hemos hecho infinidad de sugerencias, por ejemplo, la repotenciación para los corregimientos para que no tengan luminarias de sodio debido que estas son demasiado exigentes en voltaje. En las horas pico, en estos lugares, dicho voltaje cae y estas luminarias no prenden aunque estén nuevas. Dicha falla técnica no corresponde al alumbrado público, es del distribuidor de red, puesto que este no es autónomo.
La responsabilidad de iluminar esas zonas es de la Alcaldía, más no de la concesión. Muchas veces sucede que se critica el servicio de alumbrado público, en función del ideal de contrato que tienen en su mente, más no sobre la realidad del clausulado y la normatividad.
El artículo 92 de la Ley 136 de 1994 faculta al alcalde para delegar la ordenación de su gasto solamente en un secretario de despacho o en un jefe de departamento administrativo, jamás en un contratista como es nuestro caso.
Cuando empezó el contrato, la tecnología de punta para la época eran las luminarias de vapor de sodio de alta presión; en el año 2013 se empezaron a utilizar las luces led en el alumbrado público. Todas las expansiones que se han hecho son con esta tecnología. Sin embargo, aún hay luminarias de sodio que tienen vida útil. En la actualidad el porcentaje de luces led es del 10 %.
Excelente. Cuando se hizo el contrato teníamos la obligación de mantener el 90 % de la iluminación en funcionamiento, salvo por fallas en el fluido eléctrico.
En el 2011, la Contraloría cuestionó el contrato porque no tenía indicadores de gestión, hizo recomendaciones y se realizó el modificatorio el 8 de agosto del año 2012.
Ante esto se estableció que el término promedio para la atención de quejas sería de 72 horas y hoy en días tenemos el promedio en menos de 24 horas. Al mes atendemos un aproximado de 1.500 quejas dependiendo de la época invernal y las brisas, porque para estos tiempos la siniestralidad aumenta.
Totalmente. Para nosotros el alumbrado público es sinónimo de tres aspectos: (1.) Belleza urbanística, (2.) Regocijo comunitario y (3.) Seguridad ciudadana.
Sin embargo, al alumbrado público no se le puede atribuir la inseguridad de la ciudad. En un consejo de seguridad donde nos invitaron para tratar el tema, el coronel del momento anunció que era un error ver la inseguridad desde este punto, porque la estadística indica que la delincuencia en Valledupar, en su mayoría, se comete a plena luz del día.
En un consejo de gobierno en 2005 se señalaba que Valledupar era la ciudad más caliente de la costa Caribe, siendo la más arborizada. Y si se talaba el follaje de los árboles en más de un 20 % la temperatura podía incrementar.
Para nosotros como concesionario la prelación son los árboles y hemos defendido la arborización. Cuando se realizan proyectos insistimos que las luminarias queden por debajo del follaje de los árboles, esto por responsabilidad social.
No puedo responder esto porque no sé qué esté pensando la Alcaldía acerca del alumbrado público. La Secretaría de Desarrollo Económico es dinámica y de pronto le adjudican las funciones, quienes a su vez tendrían su personal de planta.
Esto es posible, claro, después de que el alcalde tenga el aval del Concejo para hacer la reestructuración administrativa. Todo depende del alcalde y la decisión que este tome con su grupo de asesores.
POR: JHOSER BERMÚDEZ / @Jhoserb
Jaison Penso Molina, representante legal de la Unión Temporal Alumbrado Público de Iluminación, actual concesionario del alumbrado público de Valledupar, dialogó con EL PILÓN sobre la operación de la concesión.
El contrato se firmó el 3 de marzo de 1997 y el acta de inicio data del 16 de abril del mismo año, es decir, en la actualidad tenemos poco más de 24 años y 6 meses al servicio de los vallenatos. Este contrato finaliza el 16 de abril del próximo año.
Este contrato comenzó con 12.222 luminarias y hoy tenemos 36.200, es decir en 24 años hemos tenido un crecimiento del 200 %, casi un crecimiento anual del 9 %. Es de aclarar que nosotros hemos instalado 18 mil y el restante han sido proyectos de la Gobernación y de los urbanizadores.
El alumbrado público es un servicio no domiciliario. Este impuesto tiene más de un siglo de existencia y posee una destinación específica: se paga la energía que consumen las luminarias, la operación y mantenimiento del sistema, la interventoría de los contratos y las expansiones del servicio, según la capacidad económica del municipio.
Este impuesto está regulado por acuerdos del Concejo Municipal de Valledupar. El primero data de 1999, en el que se indica el impuesto del 10 % para el uso residencial de la energía en los estratos del 1 al 6 y con unos topes mínimos para cada uno de estos; asimismo el 14 % para el uso no residencial, es decir, el uso comercial, industrial, oficial y provisional.
Son responsabilidad del municipio. Cuando el contrato de concesión se firmó en el año 1997, el marco regulatorio vigente era la Resolución 043 de 1995, expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas. En el artículo segundo de dicha resolución se estableció que corresponde al municipio la responsabilidad de la operación y mantenimiento del servicio según su capacidad económica.
Acto seguido indica que también le corresponde la expansión, sin perjuicio de las obligaciones que en materia urbanística le corresponden a quienes acometen proyectos de desarrollo urbano. La resolución nombrada fue derogada por la 123 del 2011, sin embargo mantuvo el mismo esquema.
El contrato dice: “Contrato para la operación y mantenimiento del servicio de alumbrado”. Esto como objeto principal; como objetivo derivado, es decir, cuando se dan excedentes en el recaudo de alumbrado público, nos corresponde hacer las expansiones que el alcalde autorice.
Sí. Nosotros a esta administración le propusimos rehabilitar la ciclo ruta que va de la avenida Los Militares, da la vuelta a la glorieta del Obelisco y llega a la sede Sabana de la Universidad Popular del Cesar, sin embargo no apoyó la idea, tampoco está obligado a hacerlo.
Hemos hecho infinidad de sugerencias, por ejemplo, la repotenciación para los corregimientos para que no tengan luminarias de sodio debido que estas son demasiado exigentes en voltaje. En las horas pico, en estos lugares, dicho voltaje cae y estas luminarias no prenden aunque estén nuevas. Dicha falla técnica no corresponde al alumbrado público, es del distribuidor de red, puesto que este no es autónomo.
La responsabilidad de iluminar esas zonas es de la Alcaldía, más no de la concesión. Muchas veces sucede que se critica el servicio de alumbrado público, en función del ideal de contrato que tienen en su mente, más no sobre la realidad del clausulado y la normatividad.
El artículo 92 de la Ley 136 de 1994 faculta al alcalde para delegar la ordenación de su gasto solamente en un secretario de despacho o en un jefe de departamento administrativo, jamás en un contratista como es nuestro caso.
Cuando empezó el contrato, la tecnología de punta para la época eran las luminarias de vapor de sodio de alta presión; en el año 2013 se empezaron a utilizar las luces led en el alumbrado público. Todas las expansiones que se han hecho son con esta tecnología. Sin embargo, aún hay luminarias de sodio que tienen vida útil. En la actualidad el porcentaje de luces led es del 10 %.
Excelente. Cuando se hizo el contrato teníamos la obligación de mantener el 90 % de la iluminación en funcionamiento, salvo por fallas en el fluido eléctrico.
En el 2011, la Contraloría cuestionó el contrato porque no tenía indicadores de gestión, hizo recomendaciones y se realizó el modificatorio el 8 de agosto del año 2012.
Ante esto se estableció que el término promedio para la atención de quejas sería de 72 horas y hoy en días tenemos el promedio en menos de 24 horas. Al mes atendemos un aproximado de 1.500 quejas dependiendo de la época invernal y las brisas, porque para estos tiempos la siniestralidad aumenta.
Totalmente. Para nosotros el alumbrado público es sinónimo de tres aspectos: (1.) Belleza urbanística, (2.) Regocijo comunitario y (3.) Seguridad ciudadana.
Sin embargo, al alumbrado público no se le puede atribuir la inseguridad de la ciudad. En un consejo de seguridad donde nos invitaron para tratar el tema, el coronel del momento anunció que era un error ver la inseguridad desde este punto, porque la estadística indica que la delincuencia en Valledupar, en su mayoría, se comete a plena luz del día.
En un consejo de gobierno en 2005 se señalaba que Valledupar era la ciudad más caliente de la costa Caribe, siendo la más arborizada. Y si se talaba el follaje de los árboles en más de un 20 % la temperatura podía incrementar.
Para nosotros como concesionario la prelación son los árboles y hemos defendido la arborización. Cuando se realizan proyectos insistimos que las luminarias queden por debajo del follaje de los árboles, esto por responsabilidad social.
No puedo responder esto porque no sé qué esté pensando la Alcaldía acerca del alumbrado público. La Secretaría de Desarrollo Económico es dinámica y de pronto le adjudican las funciones, quienes a su vez tendrían su personal de planta.
Esto es posible, claro, después de que el alcalde tenga el aval del Concejo para hacer la reestructuración administrativa. Todo depende del alcalde y la decisión que este tome con su grupo de asesores.
POR: JHOSER BERMÚDEZ / @Jhoserb