El documento fue firmado por los ministros de Hacienda, Minas y Comercio, y la medida entrará en vigor cinco días después de su publicación en el diario oficial.
El Gobierno colombiano expidió el decreto con el que prohíbe la exportación de carbón a Israel. El documento fue firmado por los ministros de Hacienda, Minas y Comercio, y la medida entrará en vigor cinco días después de su publicación en el diario oficial.
El documento cuenta con unas excepciones y en estas se expone que la medida no aplicará para aquella mercancía que, antes de la entrada en vigor del decreto, “esté amparada con una solicitud de autorización de embarque presentada y aceptadas por la DIAN o con formulario de movimiento”.
También eximen a “la Sociedades de Comercialización Internacional autorizadas que, antes de la entrada en vigencia de este decreto, hubieren expedido el certificado al proveedor”. Así mismo, exime a los “negocios jurídicos perfeccionados hasta la entrada en vigencia del presente decreto, que generan una situación jurídica consolidada o una expectativa legítima”.
Durante el pasado mes de julio, Juan Camilo Nariño, presidente de la Asociación Colombiana de Minería, explicó que las exportaciones de carbón térmico a Israel representan 650 mil millones de pesos cada año en regalías, impuestos y contribuciones, de los cuales, 100 mil millones van directamente a los departamentos de La Guajira y Cesar, lo que se traduce en una reducción de regalías para los departamentos.
El documento fue firmado por los ministros de Hacienda, Minas y Comercio, y la medida entrará en vigor cinco días después de su publicación en el diario oficial.
El Gobierno colombiano expidió el decreto con el que prohíbe la exportación de carbón a Israel. El documento fue firmado por los ministros de Hacienda, Minas y Comercio, y la medida entrará en vigor cinco días después de su publicación en el diario oficial.
El documento cuenta con unas excepciones y en estas se expone que la medida no aplicará para aquella mercancía que, antes de la entrada en vigor del decreto, “esté amparada con una solicitud de autorización de embarque presentada y aceptadas por la DIAN o con formulario de movimiento”.
También eximen a “la Sociedades de Comercialización Internacional autorizadas que, antes de la entrada en vigencia de este decreto, hubieren expedido el certificado al proveedor”. Así mismo, exime a los “negocios jurídicos perfeccionados hasta la entrada en vigencia del presente decreto, que generan una situación jurídica consolidada o una expectativa legítima”.
Durante el pasado mes de julio, Juan Camilo Nariño, presidente de la Asociación Colombiana de Minería, explicó que las exportaciones de carbón térmico a Israel representan 650 mil millones de pesos cada año en regalías, impuestos y contribuciones, de los cuales, 100 mil millones van directamente a los departamentos de La Guajira y Cesar, lo que se traduce en una reducción de regalías para los departamentos.