Pese a que estos accidentes montañosos deben protegerse por ser reservas forestales, en la modificación del Plan de Ordenamiento Territorial, en el 2015, se permitió que en el cerro Hurtado se realizaran construcciones.
Basado en el Acuerdo Nº 032 del 9 de agosto de 1996 del Concejo Municipal de Valledupar, los accidentes montañosos de Hurtado y La Popa de Valledupar fueron declarados zona de reserva ecológica y patrimonio de la ciudad. Este acuerdo fue sancionado por el entonces alcalde, Elías Ochoa Maestre, el cual no ha perdido vigencia.
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Dicho acuerdo consta de tres artículos que además de declarar dichos cerros como zona de reserva ecológica y patrimonio de la ciudad también determina que se prohíbe la construcción de programas de viviendas, individuales o colectivas que atenten contra el equilibrio ecológico de éstos. Igualmente el municipio de Valledupar podrá fomentar campañas educativas a través de la Secretaría de Educación para el conocimiento de la flora y la fauna nativa allí existente.
De acuerdo con el exconcejal de Valledupar, Celso Manuel Vides Córdoba, quien para ese entonces era el segundo vicepresidente de la corporación, la idea de declarar estos sitios de la ciudad como reserva ecológica y patrimonio se debió a que varios de sus compañeros visionaron que se necesitaba conservar a futuro estos ‘pulmones verdes’, ya que Valledupar empezaba a expandirse.
“Nos dimos cuenta con el cerro Cicolac que debíamos cuidar la reserva forestal de nuestro municipio, si no lo hubiéramos hecho quizás ya no estaría; hoy el medio ambiente se ha destruido por el hombre irresponsable. En esa época pensamos en que debía cuidarse porque Valledupar era el mejor vividero y como vallenatos que somos debíamos apoyar esa iniciativa que tuvieron los otros corporados; además este cerro es un atractivo turístico de la ciudad, es un patrimonio de la naturaleza. Este acuerdo tiene total validez, lo mismo que una ordenanza para amparar, proteger y cumplir unas normas. No es posible que hoy le estén dando ese uso, me duele todo esto y lo importante es que no le hagan daño al cerro, hay que ser personas responsables”, dijo el excorporado.
Este documento dejó algo especial y era que toda la extensión de ambos cerros no tenía límites para su conservación. Pero esto cambió en el 2015 cuando se le hizo la última modificación al Plan de Ordenamiento Territorial de Valledupar, POT, específicamente en las decisiones territoriales y clasificación del suelo, donde dispusieron que sí se podía construir.
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En el artículo 11 del POT se señala las áreas de especial importancia ecosistémica, específicamente en el parágrafo 4 indica que una de estas es el cerro Hurtado y el cerro La Popa.
Más adelante en el artículo 22 establece el régimen legal de estas zonas, indicando de manera explícita que tienen usos principales como la preservación, conservación y restauración de flora y fauna nativas. Uso compatible para la pasiva recreación, protección forestal, investigación y repoblamiento de especies nativas. Usos condicionados con senderos ecológicos peatonales, infraestructura asociada a servicios públicos.
Pero en otro aparte señala que en este ecosistema se pueden realizar construcciones en el piedemonte hasta alcanzar 30 metros de profundidad.
De acuerdo con la Oficina de Planeación de Valledupar, este cerro era totalmente público, pero luego de una sustracción bajo la Ley Segunda de 1956 parte del mismo pasó a ser propiedad privada.
Según esta norma, la sustracción de una área de reserva forestal es el levantamiento de la figura legal sobre un espacio definido para el desarrollo de actividades económicas declaradas por la ley como de utilidad pública, interés social que impliquen remoción de bosques, cambio en el uso de los suelos, o cualquiera otra actividad distinta del aprovechamiento racional de los bosques.
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Cabe señalar que este medio de comunicación intentó buscar la reacción directa con la jefe jurídica de Corpocesar, Liliana Cadena, tomando en cuenta que este martes realizaron una visita al predio para verificar si existe o no violación a la normativa ambiental, pero no hubo respuesta. No obstante, en una emisora radial local, expresó que la obra que se está realizando no perjudica al ambiente porque se está realizando al pie del cerro.
Respecto al propietario del lote se conoció que este era de apellido Castro y que quien solicitó la autorización ambiental fue Zeneida Barranco.
Pese a que estos accidentes montañosos deben protegerse por ser reservas forestales, en la modificación del Plan de Ordenamiento Territorial, en el 2015, se permitió que en el cerro Hurtado se realizaran construcciones.
Basado en el Acuerdo Nº 032 del 9 de agosto de 1996 del Concejo Municipal de Valledupar, los accidentes montañosos de Hurtado y La Popa de Valledupar fueron declarados zona de reserva ecológica y patrimonio de la ciudad. Este acuerdo fue sancionado por el entonces alcalde, Elías Ochoa Maestre, el cual no ha perdido vigencia.
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Dicho acuerdo consta de tres artículos que además de declarar dichos cerros como zona de reserva ecológica y patrimonio de la ciudad también determina que se prohíbe la construcción de programas de viviendas, individuales o colectivas que atenten contra el equilibrio ecológico de éstos. Igualmente el municipio de Valledupar podrá fomentar campañas educativas a través de la Secretaría de Educación para el conocimiento de la flora y la fauna nativa allí existente.
De acuerdo con el exconcejal de Valledupar, Celso Manuel Vides Córdoba, quien para ese entonces era el segundo vicepresidente de la corporación, la idea de declarar estos sitios de la ciudad como reserva ecológica y patrimonio se debió a que varios de sus compañeros visionaron que se necesitaba conservar a futuro estos ‘pulmones verdes’, ya que Valledupar empezaba a expandirse.
“Nos dimos cuenta con el cerro Cicolac que debíamos cuidar la reserva forestal de nuestro municipio, si no lo hubiéramos hecho quizás ya no estaría; hoy el medio ambiente se ha destruido por el hombre irresponsable. En esa época pensamos en que debía cuidarse porque Valledupar era el mejor vividero y como vallenatos que somos debíamos apoyar esa iniciativa que tuvieron los otros corporados; además este cerro es un atractivo turístico de la ciudad, es un patrimonio de la naturaleza. Este acuerdo tiene total validez, lo mismo que una ordenanza para amparar, proteger y cumplir unas normas. No es posible que hoy le estén dando ese uso, me duele todo esto y lo importante es que no le hagan daño al cerro, hay que ser personas responsables”, dijo el excorporado.
Este documento dejó algo especial y era que toda la extensión de ambos cerros no tenía límites para su conservación. Pero esto cambió en el 2015 cuando se le hizo la última modificación al Plan de Ordenamiento Territorial de Valledupar, POT, específicamente en las decisiones territoriales y clasificación del suelo, donde dispusieron que sí se podía construir.
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En el artículo 11 del POT se señala las áreas de especial importancia ecosistémica, específicamente en el parágrafo 4 indica que una de estas es el cerro Hurtado y el cerro La Popa.
Más adelante en el artículo 22 establece el régimen legal de estas zonas, indicando de manera explícita que tienen usos principales como la preservación, conservación y restauración de flora y fauna nativas. Uso compatible para la pasiva recreación, protección forestal, investigación y repoblamiento de especies nativas. Usos condicionados con senderos ecológicos peatonales, infraestructura asociada a servicios públicos.
Pero en otro aparte señala que en este ecosistema se pueden realizar construcciones en el piedemonte hasta alcanzar 30 metros de profundidad.
De acuerdo con la Oficina de Planeación de Valledupar, este cerro era totalmente público, pero luego de una sustracción bajo la Ley Segunda de 1956 parte del mismo pasó a ser propiedad privada.
Según esta norma, la sustracción de una área de reserva forestal es el levantamiento de la figura legal sobre un espacio definido para el desarrollo de actividades económicas declaradas por la ley como de utilidad pública, interés social que impliquen remoción de bosques, cambio en el uso de los suelos, o cualquiera otra actividad distinta del aprovechamiento racional de los bosques.
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Cabe señalar que este medio de comunicación intentó buscar la reacción directa con la jefe jurídica de Corpocesar, Liliana Cadena, tomando en cuenta que este martes realizaron una visita al predio para verificar si existe o no violación a la normativa ambiental, pero no hubo respuesta. No obstante, en una emisora radial local, expresó que la obra que se está realizando no perjudica al ambiente porque se está realizando al pie del cerro.
Respecto al propietario del lote se conoció que este era de apellido Castro y que quien solicitó la autorización ambiental fue Zeneida Barranco.