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Económicas - 7 abril, 2021

ANM negó renuncia de Prodeco a dos títulos mineros

En diciembre pasado, la ANM negó la solicitud de suspensión de operaciones solicitadas por el Grupo Prodeco para las minas de Calenturitas y La Jagua.

Este miércoles, la Agencia Nacional de Minería, ANM, confirmó la decisión de declarar no viable la solicitud de renuncia presentada por la multinacional Prodeco, titular del Contrato de Concesión No. HKT-08031 y Contrato de Concesión No. DKP-141, las dos operaciones que tenía la empresa en el Cesar.

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Según la entidad, luego de analizar los documentos enviados se pudo determinar que a la fecha de la presentación de la renuncia “existían obligaciones incumplidas, correspondientes estas de manera específica a las derivadas del Plan de Manejo Ambiental Unificado para la Operación Conjunta de La Jagua, según lo informado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales”.

Agregó que en una de las renuncias presentadas no se aportaron “los soportes de declaración, liquidación y pago de regalías en los términos señalados en el concepto técnico SGR-007”.

En vista a lo anterior, se declarará inviable la renuncia. Lo anterior, tomando en consideración que el artículo 108 de la Ley 685 de 2001 establece como requisito para la procedencia de la renuncia que el concesionario se encuentre al día en el cumplimiento de todas las obligaciones exigibles al momento de presentar dicha solicitud, sin distinción alguna”, agrega la misiva.

Cabe destacar que contra las mencionadas decisiones procede recurso de reposición, el cual debe ser interpuesto dentro de los 10 días hábiles siguientes a su notificación. Los mismos se notificaron personalmente al titular minero por medio electrónico el día 06 de abril de 2021. Sin perjuicio de lo anterior, es preciso resaltar que el titular tiene la posibilidad de presentar nuevamente la solicitud de renuncia.

No dejes de leer: Prodeco se va del Cesar: renunció a sus títulos mineros

Al respecto, el presidente de la ANM, Juan Miguel Durán, precisó: “Hemos trabajado de manera articulada, respetando el debido proceso y otorgándole todas las garantías al titular durante el proceso. Así, como resultado de la evaluación de la solicitud de renuncia presentada dentro de los títulos DKP-141 y HKT-08031, no es posible para la entidad dar viabilidad a la solicitud de renuncia por no encontrarse al día en el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales al momento de presentar la renuncia, tal como lo exige el código de minas”.

ANTECEDENTES

En diciembre pasado, la ANM negó la solicitud de suspensión de operaciones solicitadas por el Grupo Prodeco para las minas de Calenturitas y La Jagua. Como consecuencia de dicha decisión, el Grupo Prodeco adelantó una nueva revisión operativa para identificar eficiencias adicionales en sus costos de operación.

Según la multinacional, “las conclusiones de la revisión no fueron diferentes a aquellas obtenidas en los ejercicios previos, esto es, que el reinicio de las operaciones mineras no resulta económicamente viable”.

Económicas
7 abril, 2021

ANM negó renuncia de Prodeco a dos títulos mineros

En diciembre pasado, la ANM negó la solicitud de suspensión de operaciones solicitadas por el Grupo Prodeco para las minas de Calenturitas y La Jagua.


Este miércoles, la Agencia Nacional de Minería, ANM, confirmó la decisión de declarar no viable la solicitud de renuncia presentada por la multinacional Prodeco, titular del Contrato de Concesión No. HKT-08031 y Contrato de Concesión No. DKP-141, las dos operaciones que tenía la empresa en el Cesar.

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Según la entidad, luego de analizar los documentos enviados se pudo determinar que a la fecha de la presentación de la renuncia “existían obligaciones incumplidas, correspondientes estas de manera específica a las derivadas del Plan de Manejo Ambiental Unificado para la Operación Conjunta de La Jagua, según lo informado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales”.

Agregó que en una de las renuncias presentadas no se aportaron “los soportes de declaración, liquidación y pago de regalías en los términos señalados en el concepto técnico SGR-007”.

En vista a lo anterior, se declarará inviable la renuncia. Lo anterior, tomando en consideración que el artículo 108 de la Ley 685 de 2001 establece como requisito para la procedencia de la renuncia que el concesionario se encuentre al día en el cumplimiento de todas las obligaciones exigibles al momento de presentar dicha solicitud, sin distinción alguna”, agrega la misiva.

Cabe destacar que contra las mencionadas decisiones procede recurso de reposición, el cual debe ser interpuesto dentro de los 10 días hábiles siguientes a su notificación. Los mismos se notificaron personalmente al titular minero por medio electrónico el día 06 de abril de 2021. Sin perjuicio de lo anterior, es preciso resaltar que el titular tiene la posibilidad de presentar nuevamente la solicitud de renuncia.

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Al respecto, el presidente de la ANM, Juan Miguel Durán, precisó: “Hemos trabajado de manera articulada, respetando el debido proceso y otorgándole todas las garantías al titular durante el proceso. Así, como resultado de la evaluación de la solicitud de renuncia presentada dentro de los títulos DKP-141 y HKT-08031, no es posible para la entidad dar viabilidad a la solicitud de renuncia por no encontrarse al día en el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales al momento de presentar la renuncia, tal como lo exige el código de minas”.

ANTECEDENTES

En diciembre pasado, la ANM negó la solicitud de suspensión de operaciones solicitadas por el Grupo Prodeco para las minas de Calenturitas y La Jagua. Como consecuencia de dicha decisión, el Grupo Prodeco adelantó una nueva revisión operativa para identificar eficiencias adicionales en sus costos de operación.

Según la multinacional, “las conclusiones de la revisión no fueron diferentes a aquellas obtenidas en los ejercicios previos, esto es, que el reinicio de las operaciones mineras no resulta económicamente viable”.