La Corte Constitucional estableció que los costos asociados a un tratamiento médico no pueden convertirse en una barrera para acceder de manera efectiva al derecho fundamental a la salud. La decisión fue adoptada por la Sala Tercera de Revisión mediante la Sentencia T-206 de 2026, tras estudiar el caso de un adulto mayor diagnosticado con enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), quien acudió a la tutela contra Savia Salud EPS y Empresas Públicas de Medellín (EPM).
El hombre señaló que necesitaba utilizar de manera permanente un concentrador eléctrico de oxígeno en su vivienda, pero el funcionamiento del equipo había generado un incremento considerable en sus facturas de energía. Debido a sus condiciones económicas, aseguró que no tenía capacidad para asumir ese costo adicional, por lo que la situación terminó convirtiéndose en una dificultad para mantener el tratamiento requerido para atender su enfermedad.











