Nos referiremos en este escrito a los Derechos Humanos como unas garantías inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, religión, idioma, nacionalidad o cualquier otra condición. Debemos tener conciencia que poseemos los mismos derechos sin discriminación alguna. La idea de que los seres humanos tienen unos derechos anteriores al Estado, que […]
Nos referiremos en este escrito a los Derechos Humanos como unas garantías inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, religión, idioma, nacionalidad o cualquier otra condición. Debemos tener conciencia que poseemos los mismos derechos sin discriminación alguna.
La idea de que los seres humanos tienen unos derechos anteriores al Estado, que éste debe respetar, surgió en el siglo XVII con Hobbes y Locke; se convirtió con la declaración de independencia de los Estados Unidos y en la Declaración de los Derechos Humanos de Francia en 1789. Los Derechos Humanos son y serán garantías jurídicas universales que deben proteger a individuos y grupos contra acciones que interfieran, perturben en sus libertades fundamentales y en la dignidad humana.
Sin duda, entre los derechos más importantes, tenemos el fundamental, sobre el cual se levantan los demás: El Derecho a la Vida.
Preguntamos ¿Quién establece los Derechos Humamos? Estos han subsistido por el derecho natural, los estableció y reconoció la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas proclamó en 1948, tanto para hombres y mujeres; fue redactada como un ideal común, luego de culminada la segunda guerra mundial, privilegios y garantías estas de capital interés por el cual todos los pueblos y naciones del mundo deben esforzarse. La mencionada declaración está detallada claramente en treinta artículos donde se determinan los derechos civiles, sociales, económicos y culturales básicos, de los que todos los seres humanos debemos disfrutar plenamente.
El propósito de la Declaración es promover, proteger, y asegurar al máximo el goce a plenitud y en condiciones de igualdad jurídica de todos los Derechos Humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad; además, impulsar el respeto de su dignidad inherente. La Declaración Universal de los Derechos Humanos cumplió setenta años; su génisis data de 1948, fecha en la que se aprobó este documento.
Nos sentimos complacidos cuando se realizan seminarios, foros, talleres, simposios, publicitados y con asistencia numerosa, referente a los Derechos Humanos; estos eventos sembrarán la semilla de un nuevo actuar ciudadano, respetando los derechos de nuestros semejantes, a quien tenemos al lado. La verdad es que para vivir armónica y pacíficamente, debemos procurar construir un mejor panorama, libre de violencia de todo tipo, una visión transformadora, que nos merecemos todos los colombianos. Nos preocupa y de que manera que entidades que tienen bajo su responsabilidad la visión y misión de promulgar y fortalecer y divulgar los derechos en referencia no lo hagan. De esta manera exhortamos a la institucionalidad involucrarse con mayor ahínco a estos roles mediante acertadas, eficientes, y bien orientadas campañas de concertación, sensibilización y concientización.
Para proteger los derechos fundamentales constitucionales del artículo 11 al 41, se encuentra la Acción de Tutela, artículo 86 de nuestra Carta Magna, que esperamos no sea cambiada ni reformada.
En síntesis, los Derechos Humanos corresponden a todos respetarlos; toda vez que sin ellos, nos sería imposible proyectarnos de manera libre, ni disfrutarlos, en aras de desarrollarnos como personas en cualquier ámbito en que nos desempeñemos; debe ser una práctica cotidiana y un laboratorio de paz constante. Tengamos en cuenta siempre, que nuestro derecho termina donde nace el derecho de mi semejante.
Por Jairo Franco [email protected]
Nos referiremos en este escrito a los Derechos Humanos como unas garantías inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, religión, idioma, nacionalidad o cualquier otra condición. Debemos tener conciencia que poseemos los mismos derechos sin discriminación alguna. La idea de que los seres humanos tienen unos derechos anteriores al Estado, que […]
Nos referiremos en este escrito a los Derechos Humanos como unas garantías inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, religión, idioma, nacionalidad o cualquier otra condición. Debemos tener conciencia que poseemos los mismos derechos sin discriminación alguna.
La idea de que los seres humanos tienen unos derechos anteriores al Estado, que éste debe respetar, surgió en el siglo XVII con Hobbes y Locke; se convirtió con la declaración de independencia de los Estados Unidos y en la Declaración de los Derechos Humanos de Francia en 1789. Los Derechos Humanos son y serán garantías jurídicas universales que deben proteger a individuos y grupos contra acciones que interfieran, perturben en sus libertades fundamentales y en la dignidad humana.
Sin duda, entre los derechos más importantes, tenemos el fundamental, sobre el cual se levantan los demás: El Derecho a la Vida.
Preguntamos ¿Quién establece los Derechos Humamos? Estos han subsistido por el derecho natural, los estableció y reconoció la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas proclamó en 1948, tanto para hombres y mujeres; fue redactada como un ideal común, luego de culminada la segunda guerra mundial, privilegios y garantías estas de capital interés por el cual todos los pueblos y naciones del mundo deben esforzarse. La mencionada declaración está detallada claramente en treinta artículos donde se determinan los derechos civiles, sociales, económicos y culturales básicos, de los que todos los seres humanos debemos disfrutar plenamente.
El propósito de la Declaración es promover, proteger, y asegurar al máximo el goce a plenitud y en condiciones de igualdad jurídica de todos los Derechos Humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad; además, impulsar el respeto de su dignidad inherente. La Declaración Universal de los Derechos Humanos cumplió setenta años; su génisis data de 1948, fecha en la que se aprobó este documento.
Nos sentimos complacidos cuando se realizan seminarios, foros, talleres, simposios, publicitados y con asistencia numerosa, referente a los Derechos Humanos; estos eventos sembrarán la semilla de un nuevo actuar ciudadano, respetando los derechos de nuestros semejantes, a quien tenemos al lado. La verdad es que para vivir armónica y pacíficamente, debemos procurar construir un mejor panorama, libre de violencia de todo tipo, una visión transformadora, que nos merecemos todos los colombianos. Nos preocupa y de que manera que entidades que tienen bajo su responsabilidad la visión y misión de promulgar y fortalecer y divulgar los derechos en referencia no lo hagan. De esta manera exhortamos a la institucionalidad involucrarse con mayor ahínco a estos roles mediante acertadas, eficientes, y bien orientadas campañas de concertación, sensibilización y concientización.
Para proteger los derechos fundamentales constitucionales del artículo 11 al 41, se encuentra la Acción de Tutela, artículo 86 de nuestra Carta Magna, que esperamos no sea cambiada ni reformada.
En síntesis, los Derechos Humanos corresponden a todos respetarlos; toda vez que sin ellos, nos sería imposible proyectarnos de manera libre, ni disfrutarlos, en aras de desarrollarnos como personas en cualquier ámbito en que nos desempeñemos; debe ser una práctica cotidiana y un laboratorio de paz constante. Tengamos en cuenta siempre, que nuestro derecho termina donde nace el derecho de mi semejante.
Por Jairo Franco [email protected]