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Petro revive expropiaciones exprés de tierras: este es el decreto

La norma habilita a la ANT para imponer servidumbres y adquirir predios cuando sea necesario por situaciones de desastre o calamidad pública.

Este decreto busca eliminar la necesidad de un proceso judicial previo en situaciones de urgencia.

Este decreto busca eliminar la necesidad de un proceso judicial previo en situaciones de urgencia.

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El Gobierno nacional ha reglamentado el uso de la expropiación administrativa o “exprés” mediante el Decreto 0174, en el marco de la emergencia socioambiental que atraviesa el país. En ese sentido, el ejecutivo le dio facultades extraordinarias a la Agencia Nacional de Tierras, ANT, para ocupar, comprar e incluso expropiar predios para reubicar a poblaciones afectadas.

La norma habilita a la ANT para imponer servidumbres y adquirir predios cuando sea necesario por situaciones de desastre o calamidad pública, con el pago de las compensaciones correspondientes. Este decreto busca eliminar la necesidad de un proceso judicial previo en situaciones de urgencia.

Esto podrá hacerse incluso sobre bienes del Estado o de fondos como el Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado, Frisco, el Fondo de Reparación de las Víctimas y el Fondo de Restitución de Tierras, sin importar la situación administrativa, fiscal o jurídica del inmueble.

Predios con ganado

De acuerdo con el decreto, en los predios que se encuentren semovientes como vacas y el propietario no los retira de inmediato o dentro del plazo fijado, la entidad podrá trasladarlos al depósito municipal de animales, Coso.

Si en el municipio no existe este lugar, los animales podrán ser declarados en abandono para que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, adopte medidas urgentes para su movilización y disposición, garantizando en todo momento su protección y bienestar conforme a la Ley 1774 de 2016.

Compra

El decreto establece que, cuando el Estado compre un predio por razones de utilidad pública o interés social, el inmueble quedará automáticamente “saneado”, es decir, libre de cargas o problemas jurídicos en su titulación.

Sin embargo, quienes se consideren afectados podrán reclamar indemnizaciones contra los anteriores titulares del inmueble, no contra la entidad pública que lo adquirió. La agencia también tendrá autoridad para recuperar físicamente los predios que estén bajo su administración, incluidos bienes de uso público, comunales, reservas del Estado, bienes fiscales y baldíos de la Nación.

Apoyo de la fuerza pública

El decreto establece que la Policía Nacional y fuerza pública en general deberá prestar apoyo prioritario y sin demoras cuando la ANT lo solicite para asegurar el control de los bienes que ingresen al Fondo Nacional de Tierras. En estos casos, el plazo máximo de respuesta será de cinco días calendario, contados desde el día siguiente a la solicitud.

La implementación de este decreto ha generado diversas reacciones en sectores políticos y gremiales, quienes vigilarán de cerca que el uso de esta facultad extraordinaria se ajuste estrictamente a las causales de urgencia.

Por su parte, el Ministerio de Agricultura ha defendido la herramienta como un paso necesario para cumplir con las metas de reforma agraria y responder con celeridad ante las emergencias que demandan soluciones de fondo en la tenencia de la tierra.

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